La Audiencia Nacional se opone al indulto a Pablo Hasél

El tribunal sigue la línea de la Fiscalía y rechaza aplicar la medida de gracia al rapero por “reincidente”

Pablo Hasél, durante su detención en la Universidad de Lleida, en febrero de 2021.Lorena Sopeña (REUTERS)

La Audiencia Nacional se opone a la concesión del indulto al rapero Pablo Rivadulla Duró, más conocido como Pablo Hasél, actualmente en prisión por enaltecimiento del terrorismo e injurias a la Corona. Los magistrados de la Sección Primera de la Sala de lo Penal, en línea con la Fiscalía, rechazan aplicar esta medida de gracia al cantante catalán, al que califican como un “reincidente” marcado por...

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La Audiencia Nacional se opone a la concesión del indulto al rapero Pablo Rivadulla Duró, más conocido como Pablo Hasél, actualmente en prisión por enaltecimiento del terrorismo e injurias a la Corona. Los magistrados de la Sección Primera de la Sala de lo Penal, en línea con la Fiscalía, rechazan aplicar esta medida de gracia al cantante catalán, al que califican como un “reincidente” marcado por una “actitud antisocial” que acumula, al menos, otras tres sentencias judiciales en su contra.

A través de una resolución dictada este 14 de octubre, a la que tuvo acceso EL PAÍS, el tribunal repasa el historial del rapero y subraya que no cumple con las condiciones previstas en la Ley para aplicar un indulto. La normativa prevé que a los “reincidentes” solo se les pueda otorgar si “concurrieran razones suficientes de justicia, equidad o conveniencia pública”. Y, añade la Audiencia Nacional, “estas razones excepcionales no resultan del expediente de indulto” a Hasél.

La terna de magistrados —formada por Concepción Espejel, Francisco Javier Vieira y María Riera— inciden en la “actitud antisocial” del rapero. No solo por las “diversas condenas” que se le han impuesto, sino también por “su propia manera de afrontar” su estancia en la prisión de Lleida. Hasél se ha negado en la cárcel a someterse a un programa individualizado de tratamiento: ”[Esta conducta] es indicativa de la ausencia de razones que justifiquen una propuesta favorable de este tribunal para la concesión del indulto solicitado”.

El rapero ha reiterado en su web y redes sociales su negativa a someterse a un tratamiento. “La psicóloga de la cárcel, chantajeándome con mi larga estancia en prisión si no acepto, pretendía que me despojara de mis principios realizando este insultante programa basado en ‘revisar mis expresiones y emociones’ para ‘empatizar con las víctimas’ de la autodefensa armada. Un arrepentimiento mal encubierto que desde el primer día dejé muy claro que jamás voy a asumir”, expuso.

Sobre la posibilidad de solicitar la medida de gracia, Hasél también había dirigido ya unas palabras a sus seguidores: “Jamás la pediría porque, de hacerlo yo, implicaría arrepentimiento”. En este sentido, la Audiencia Nacional refleja en su resolución que, tras recibir la instancia de la Academia Catalana de la Música, el órgano judicial pidió al condenado que se manifestara al respecto y este, a través de un escrito presentado este 7 de octubre, aseguró que “no opone objeción alguna a la tramitación del indulto ni se opone a los beneficios que pudiera corresponder en caso de resolución favorable”.

Ahora, tras pronunciarse los magistrados y la Fiscalía, la pelota queda en Manos del Ministerio de Justicia, que debe elevar su informe al Consejo de Ministros para que decida. El rapero catalán ingresó en prisión el pasado febrero después de que los Mossos d’Esquadra lo detuvieran en la Universidad de Lleida, donde se había atrincherado tras desobedecer la orden dictada por la Audiencia Nacional para que se personase voluntariamente en un centro penitenciario para cumplir una condena de nueve meses de cárcel por enaltecimiento del terrorismo —alabó a ETA y a los GRAPO en sus mensajes de Twitter— e injurias a la Corona. En marzo, el órgano judicial sumó a esa pena otro año y cuatro meses de encierro después de que se declarara insolvente para pagar la multa de casi 30.000 euros impuesta en la sentencia.

El músico acumula otras condenas. Entre ellas, una de dos años y medio por amenazar a un testigo de un juicio contra un guardia urbano de Lleida, que la Audiencia Provincial confirmó en febrero de este año. Otra sentencia dictada en 2014 por la Audiencia Nacional por enaltecer en sus canciones el terrorismo de ETA, los Grapo, Terra Lliure o Al Qaeda, que quedó en suspenso en su día. Y un juzgado de lo Penal también lo condenó a seis meses de prisión por un delito de lesiones por agredir, en 2016, a un periodista de TV-3 en una rueda de prensa en el rectorado de la Universidad de Lleida, ocupado por estudiantes.

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