El Tribunal de Cuentas embarga 49 locales de UGT
El sindicato ofreció los inmuebles como fianza por el ‘caso ERE’
El Tribunal de Cuentas ha acordado el embargo de bienes de UGT por valor de 9,74 millones de euros, cantidad que se reclama a este sindicato en el expediente abierto por su presunta responsabilidad contable derivada del caso de los ERE de Andalucía. Esta medida, que afecta a 49 locales de la organización de trabajadores, tiene su origen inmediato en el acta de liquidación dictada el pasado 15 de julio por el delegado instructor de dicho procedimiento, donde ...
El Tribunal de Cuentas ha acordado el embargo de bienes de UGT por valor de 9,74 millones de euros, cantidad que se reclama a este sindicato en el expediente abierto por su presunta responsabilidad contable derivada del caso de los ERE de Andalucía. Esta medida, que afecta a 49 locales de la organización de trabajadores, tiene su origen inmediato en el acta de liquidación dictada el pasado 15 de julio por el delegado instructor de dicho procedimiento, donde se exige a UGT la mencionada suma a resultas de las investigaciones iniciadas hace más de diez años sobre las irregularidades en la gestión de ayudas a empresas en crisis concedidas en la comunidad andaluza.
UGT tiene previsto discutir las imputaciones que se le atribuyen en el expediente, según fuentes de este sindicato. Y, por tanto, rechaza que exista dicha responsabilidad contable por su actuación en la tramitación de las ayudas concedidas por la Junta de Andalucía, que es la administración perjudicada. Sin embargo, en primera instancia, el sindicato se ha mostrado dispuesto a colaborar ante la exigencia del afianzamiento de la cantidad exacta que se le reclama, que asciende concretamente hasta los 9.745.882 euros.
El sindicato ha decidido hacer frente a esta medida para evitar otras alternativas que pudieran causar un mayor daño a su actividad habitual. UGT acepta el embargo de sus bienes porque lo considera un mal menor frente a la posibilidad de que le bloqueen las subvenciones que recibe y las cuentas bancarias que maneja, hipótesis todas ellas legalmente viables, y a las que finalmente el Tribunal de Cuentas ha decidido no acudir.
Parte de la suma exigida —2,8 millones de euros— se reclama de forma conjunta y solidaria a UGT y a la Federación Minerometalúrgica de Comisiones Obreras (CC OO). Este será muy probablemente uno de los puntos clave del expediente, porque UGT ya hizo constar en su primer recurso contra la fianza —el que ahora se resuelve con el embargo acordado— que la “ingente documentación” del expediente —entregada a los sindicatos el día que se les comunicó el acta de liquidación— la ha dejado en una situación de indefensión, entre otras cosas porque considera que el delegado instructor no especificó “qué concretas irregularidades fundamentaban” las imputaciones.
En todo caso, ante la reclamación de los 9,7 millones, UGT ofreció incluso hipotecar sus bienes, paso que el delegado instructor, Antonio Casamayor, ha descartado como innecesario, considerando que es incluso más segura la vía del embargo. La providencia dictada a este respecto subraya que el sindicato puso “a disposición del tribunal” una larga lista de bienes, en concreto 49 propiedades distribuidas por toda España, con el fin de “garantizar el presunto alcance (el dinero público malgastado) más los intereses”. Todo ello, con el objetivo de que esta iniciativa no acabase “impidiendo gravemente el normal desenvolvimiento de su acción sindical, ni comprometiendo o limitando gravemente su función constitucional y el ejercicio del derecho fundamental de libertad sindical”.
La aportación de bienes del sindicato se ha hecho, por tanto, para evitar males mayores si se hubieran tomado otras medidas que dificultaran su actividad. UGT, en todo caso, ha hecho constar al delegado instructor su disconformidad con los hechos recogidos en el acta de liquidación, para lo que la ha recurrido ante la Sala de Justicia del propio Tribunal de Cuentas. Esta impugnación se resolverá a partir del próximo septiembre. En todo caso, es poco probable que prospere, porque para ello sería preciso que se apreciara una vulneración de derechos fundamentales, una alegación que no suele salir adelante en este tipo de procedimientos.
Valor catastral
En cualquier caso, la fianza —ya aportada en forma de bienes—, ha quedado formalmente constituida. Todo ello debería cubrir la cantidad exigida, según los cálculos de la propia UGT. El Tribunal de Cuentas averiguará ahora el valor catastral de los inmuebles y ordenará a los correspondientes registros que su embargo quede anotado.
Con ello, se persigue resarcir a la administración andaluza de los perjuicios causados por las irregularidades en la tramitación de los ERE. El acta de liquidación elaborada por el delegado instructor recoge que estos expedientes de regulación de empleo tuvieron por finalidad atender a la situación en la que se encontraban los trabajadores que perdieron su puesto de trabajo y que “por distintas razones, presentarían dificultades de integración en el mercado laboral”. Las ayudas —prosigue el acta— perseguían amortiguar “el impacto sociolaboral que pudieran causar las crisis de las medianas y grandes empresas radicadas en la comunidad” andaluza.
La responsabilidad contable y el daño a la Junta de Andalucía, por tanto, se habrían producido porque “trabajadores que no reunían las condiciones para ello” fueron incluidos como beneficiarios de los expedientes.
Propiedades en toda España
Las propiedades identificadas por UGT para su embargo incluyen cinco pisos, un trastero y un garaje en Madrid; tres locales, un sótano y un trastero en Extremadura; un piso y un local en la Comunidad Valenciana; una casa en Aragón; así como otros nueve pisos o apartamentos, más de veinte plazas de garaje, dos locales y las instalaciones de un centro de formación, en Asturias, entre otros bienes. Con todos ellos, el sindicato cubre la suma exigida por el caso ERE. Según el Tribunal de Cuentas, la trama provocó “unos menoscabos en los fondos públicos de la Junta de Andalucía que estarían constituidos por el importe de las primas correspondientes a las pólizas de seguros de rentas contratadas para la cobertura de las contingencias”. Todo ello, en relación con los casos de “aquellos trabajadores que indebidamente hubieran sido incluidos en los expedientes de regulación de empleo, en los importes que hubieran sido financiados por la Junta de Andalucía”.