El Tribunal Supremo condena a dos legionarios por agredir a su superior tras sustraer una botella de anís
El sargento les había reprendido tras sorprenderlos con el licor durante los festejos del aniversario de la Legión de 2016
El Tribunal Supremo (TS) ha confirmado las penas de prisión impuestas a un cabo y a un caballero legionario por agredir a un sargento que les reprendió tras sorprenderlos con una botella de anís en la caseta en la que se almacenaban las bebidas para los festejos de celebración del 96 aniversario de la Legión en 2016. Los hechos se dieron en la base Álvarez de Sotomayor de Viator (Almería). El Alto Tribunal ha desestimado los recursos de casación interpuestos por ambas defensas y ha ratificado la pena de un año y dos meses de cárcel a la que fue condenado el cabo, y la de seis meses de prisión ...
El Tribunal Supremo (TS) ha confirmado las penas de prisión impuestas a un cabo y a un caballero legionario por agredir a un sargento que les reprendió tras sorprenderlos con una botella de anís en la caseta en la que se almacenaban las bebidas para los festejos de celebración del 96 aniversario de la Legión en 2016. Los hechos se dieron en la base Álvarez de Sotomayor de Viator (Almería). El Alto Tribunal ha desestimado los recursos de casación interpuestos por ambas defensas y ha ratificado la pena de un año y dos meses de cárcel a la que fue condenado el cabo, y la de seis meses de prisión que se impuso al caballero legionario, a quien se apreció la atenuante de embriaguez.
La sentencia relata que los hechos sucedieron durante la comida de hermandad que celebraron el 18 de septiembre de 2016 miembros de la VII Bandera del Tercio, Don Juan de Austria, 3.º de la Brileg y sus familiares con motivo de la celebración del 96.º aniversario de fundación de la Legión. La sala de lo Militar considera suficientemente probado que ambos acusados se encontraban a las 18.30 horas en el almacén en el que se guardaban las bebidas y sacaron una botella de anís. A la vuelta, se encontraron con dos sargentos que les dijeron “que no podían” llevarse el licor y, si bien en un primer momento lo dejaron, a continuación lo volvieron a coger.
En ese momento, uno de los sargentos, según indica el fallo, se dirigió al cabo, quien llevaba la botella, “y le dio un tirón para quitársela de las manos”, a lo que el caballero legionario, que se encontraba “embriagado”, reaccionó propinándole “un empujón” que “desestabilizó al sargento y le obligó a dar unos pasos atrás”. El otro sargento presente en la escena, “para que la situación no fuese a más”, intervino para sujetar al soldado, lo que “aprovechó el cabo para dirigirse al sargento” al que había empujado su compañero, “encararse con él y propinarle un golpe en el rostro, a la altura del labio superior”.
La sentencia añade que el sargento, cuya absolución por un presunto delito de abuso de superioridad confirma el Supremo, “respondió y golpeó en el rostro al cabo”, haciendo que ambos cayeran al suelo, “donde continuó el intercambio de golpes”. El incidente concluyó en un tumulto cuando varios legionarios, al ver “que no resultaba posible controlar la situación”, acudieron al lugar, lo que dio lugar a “forcejeos” que cesaron cuando se pudo sujetar a los dos militares y sacarlos del lugar.
El tribunal estima acreditado que la condición de suboficial del agredido era “conocida por ambos agresores” y remarca que durante la semana en la que sucedieron los hechos “el citado suboficial fue responsable de la caseta en la que se desarrollaron”. Los hechos probados recogen que el sargento sufrió “traumatismo en la boca con herida en la mucosa del labio inferior y pérdida del incisivo central superior” y una contusión en la mano derecha, lesiones de las que tardó en curar siete días. Los dos legionarios condenados por un delito de insulto a superior, en su modalidad de maltrato de obra, sufrieron contusión en un ojo, contractura cervical, contusión facial y fractura del tabique nasal sin desplazamiento, lesión esta última de la que el cabo tardó en curar 25 días. Al margen de las penas privativas de libertad, se les suspende de empleo militar y al cabo se le impone el pago de una multa de dos meses, a razón de diez euros diarios. Además, deberá indemnizarlo con 1.541,48 euros.