La Audiencia de Palma deniega la semilibertad a Iñaki Urdangarin

El tribunal ha estimado los recursos que presentó la Fiscalía contra la decisión de otorgarle el tercer grado

Iñaki Urdangarin llega al lugar donde presta voluntariado, en Pozuelo de Alarcón (Madrid).Antonio Gutiérrez (Europa Press)

La Audiencia Provincial de Palma ha denegado el tercer grado penitenciario o semilibertad a Iñaki Urdangarin, que cumple una condena de cinco años y 10 meses por el caso Nóos de corrupción. El tribunal ha estimado dos recursos presentados por la Fiscalía contra sendas decisiones del titular del Juzgado de Vigilancia Penitenciaria 1 de Castilla y León, Florencio de Marcos,...

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La Audiencia Provincial de Palma ha denegado el tercer grado penitenciario o semilibertad a Iñaki Urdangarin, que cumple una condena de cinco años y 10 meses por el caso Nóos de corrupción. El tribunal ha estimado dos recursos presentados por la Fiscalía contra sendas decisiones del titular del Juzgado de Vigilancia Penitenciaria 1 de Castilla y León, Florencio de Marcos, que consideraban apropiado que comenzase a disfrutar de varios beneficios del régimen abierto ―entre ellos, ir a prisión solo de lunes a jueves a dormir― por lo que su situación permanecerá como hasta ahora, con tres salidas semanales de ocho horas cada una para hacer voluntariado y permisos ordinarios.

El marido de la Infanta ingresó en la prisión de mujeres de Brieva, en Ávila, en junio de 2018 y cumplirá la mitad de la pena el próximo mes de mayo. En el primero de los autos, el tribunal ha estimado el recurso de la Fiscalía contra la decisión del juez de Valladolid que le concedió el tercer grado o semilibertad el pasado 3 de septiembre. La Sección Primera de la Audiencia señala que, en este caso, el interno tiene una sentencia condenatoria por más de cinco años de prisión y aún no ha cumplido ni la mitad de la condena. A pesar de que el auto apunta a factores positivos, como la antigüedad de los hechos delictivos o su ingreso voluntario en prisión, así como la existencia de una familia de origen normalizado, también aprecian otras variables como “la alarma social, la comisión de un delito que exige un elevado grado de planificación y el tiempo que le queda para cumplir la condena”. “No se desprende de la conducta global del interno una evolución suficientemente favorable que permita inferir una capacidad para llevar en lo sucesivo un régimen de vida de semilibertad”, dicen los jueces en un escrito en el que estiman el recurso de la Fiscalía.

En el segundo de los autos, la sala estima el recurso interpuesto por la Fiscalía contra el auto del 13 de agosto del mismo magistrado sobre la aplicación del artículo 100.2 del Reglamento Penitenciario a Iñaki Urdangarin, por el que iba a poder disfrutar de dos permisos de fin de semana al mes. La Sala revoca la decisión del Juzgado y la deja sin efecto. El tribunal considera que el marido de la Infanta disfruta de salidas y permisos ordinarios que le permiten el contacto con su familia, no ha transcurrido ni un año desde que inició las actividades de voluntariado y los permisos ordinarios, lo que junto con la pena que aún le queda por cumplir “se estima que la concesión del artículo 100.2 del Reglamento Penitenciario es prematura” y es preciso un mayor estudio de su evolución.

El auto califica de “desacertada” la pretensión de aplicar el tercer grado para compensar el aislamiento de Urdangarin en la cárcel y recuerdan que no hay informe alguno que apunte que el aislamiento provoque al marido de la Infanta “afectación psicológica alguna que deba compensarse”. “Ninguna relación guarda el programa de salida de fin de semana a disfrutar en casa de su madre con la tipología delictiva por la que el interno cumple condena ni se atisba qué efecto en el tratamiento penitenciario encaminado a su reinserción puede tener” reza el auto.

Los jueces dan algunas pistas de la situación de Urdangarin en la cárcel de mujeres de Brieva y reproducen las conclusiones de algunos de los informes realizados por sus educadores. “Participa en diversas actividades siendo su valoración excelente, constándole en los últimos meses una recompensa consistente en comunicaciones orales por la participación positiva en actividades” dicen. Los informes de seguimiento de la prisión hablan de una conducta muy favorable del yerno del Rey, que desde un principio mostró muy buena disposición para realizar las actividades propuestas por parte del equipo de educadores y siendo consciente de que dada su “peculiar” situación su disfrute era más complicado. “Ha intentado superar estas circunstancias manteniéndose ocupado el mayor tiempo posible (...) Es muy correcto, educado y cumple escrupulosamente con las normas regimentales” reproducen los jueces del informe, en el que se destaca que el marido de la Infanta cuenta con el apoyo de su familia.

La Audiencia ya revocó en abril las dos salidas de fin de semana al mes concedidas por el Juzgado de Vigilancia Penitenciaria, al considerar la medida prematura.

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