La Abogacía del Estado acusa a la juez del 8-M de abrir una “causa general” contra las autoridades

El órgano jurídico, dependiente del Gobierno, presenta un recurso en la Audiencia Provincial de Madrid

Vista de la manifestación del 8-M en la Gran Vía de Madrid, en marzo. En vídeo, la Abogacía del Estado pide a la Audiencia provincial de Madrid que desautorice a la juez y le ordene archivar la causa.Vídeo: LUIS SEVILLANO | Atlas
Madrid -

La Abogacía del Estado arremete contra la investigación abierta por la magistrada Carmen Rodríguez-Medel sobre la celebración de manifestaciones en plena expansión del coronavirus. En un recurso presentado ante la Audiencia Provincial de Madrid, al que ha tenido acceso EL PAÍS, el órgano jurídico dependiente del Ejecutivo acusa a la juez de abrir “una causa general contra las distintas autoridades y administraciones competentes”. También le atribuye una vulneración del derecho de defensa del actual delegado del Gobierno en Madrid y único imputado, José Manuel Franco; así como de saltarse el de...

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La Abogacía del Estado arremete contra la investigación abierta por la magistrada Carmen Rodríguez-Medel sobre la celebración de manifestaciones en plena expansión del coronavirus. En un recurso presentado ante la Audiencia Provincial de Madrid, al que ha tenido acceso EL PAÍS, el órgano jurídico dependiente del Ejecutivo acusa a la juez de abrir “una causa general contra las distintas autoridades y administraciones competentes”. También le atribuye una vulneración del derecho de defensa del actual delegado del Gobierno en Madrid y único imputado, José Manuel Franco; así como de saltarse el decreto de alarma e iniciar una investigación “prospectiva” en busca de indicios de delito.

El escrito de la Abogacía, de 19 páginas y que ha avanzado El Español, está cargado de reproches. El documento destaca la “sorprendente celeridad” de la juez al admitir a trámite la denuncia: la recibió el 20 de marzo y, tres días después, dictó el auto que da origen a la causa. Atribuye a la magistrada también un incumplimiento del decreto del estado de alarma, que suspendió los plazos procesales y, según el órgano dependiente del Ejecutivo, solo autorizaba a los instructores a seguir adelante con actuaciones “urgentes” en las causas sin presos ni detenidos. Las decisiones de Rodríguez-Medel “no eran, en modo alguno, inaplazables”, concluye el recurso, que afirma que estas prisas generan indefensión en Franco.

La juez ya tuvo en cuenta el decreto de alarma en la apertura de la causa. En su auto del 23 de marzo, recordaba a los forenses y a la Guardia Civil sus efectos y les añadía que, por tanto, “quedaban facultados para demorar en el tiempo la presentación” de los informes que les había solicitado. Pero la Abogacía se remonta a la decisión original de tramitar la denuncia que da lugar al caso: “No era urgente ni inaplazable incoar diligencias resolviendo acerca de la admisión a trámite de aquella, máxime cuando al hacerlo se acordaban diligencias de instrucción que perfectamente, podrían haberse acordado, y así debería haberse hecho, una vez alzado el estado de alarma”.

La Abogacía insiste en que, con los plazos procesales suspendidos, la situación deja al imputado sin capacidad de respuesta: “[Se produce] la palmaria indefensión de quien es investigado —porque, sin otorgarle ese estatus, se acuerdan múltiples diligencias para investigar su actuación— pero no puede defenderse ni combatir procesalmente esas resoluciones mientras la investigación se pone en marcha, como ya ha ocurrido”. Fuentes jurídicas también recuerdan que la juez le comunicó a la defensa que podía acudir a recoger toda la documentación de la causa e, incluso, la citó este 26 de mayo por la mañana para ello.

“Se pretende conseguir un indicio que, incluso en caso de obtenerse, no constituiría más que una hipótesis o conjetura repleta de incertidumbres que a todas luces no puede constituir un indicio de un hecho típico”, le reprocha también la Abogacía en un escrito fechado el pasado 20 de abril, antes de que la Comandancia de la Guardia Civil enviase a la magistrada el informe donde concluye que “no se debería haber celebrado ninguna manifestación en Madrid” y que contiene algunos errores.

Más tensión

Este escrito de la Abogacía se conoce después de que se haya disparado la tensión por el caso 8-M. Al cese del coronel Diego Pérez de los Cobos le siguió el escrito enviado por la juez al secretario de Estado de Seguridad para advertirle de que había dado órdenes a los agentes de la Guardia Civil para que solo le informaran a ella de sus averiguaciones. Un documento donde señalaba que, de incumplirse este deber, podría acarrear responsabilidades incluso “penales”, además de abrir una investigación en su juzgado para dilucidarlas. Era solo el prólogo.

Solo 24 horas después presentaba su dimisión el número dos del instituto armado, el teniente general Laurentino Ceña. Y, a continuación, el informe que la Comandancia de Madrid había elaborado para la magistrada acababa difundido por la mayoría de medios de comunicación y colgado en sus webs. La advertencia de Rodríguez-Medel, por tanto, caía en saco roto: “La difusión de documentación aportada a la causa o del resultado de lo actuado puede dar lugar a responsabilidad, en su caso, incluso penal”, les recordó también a las partes en una resolución dictada el lunes, donde citaba a declarar como imputado al delegado del Gobierno en Madrid. La cita es el 5 de junio.

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