Sepa cuándo puede denunciar a su vecino o al dueño del bar por ruido excesivo
El aumento de la conciencia social sobre los efectos adversos en la salud de los sonidos molestos y constantes llega a los tribunales
Trastornos del sueño, nervios, estrés, ansiedad, migrañas o pérdida de la capacidad auditiva. Son algunas de las consecuencias que padecen quienes a diario tienen que soportar ruidos molestos y constantes en su domicilio. Una situación que se acentúa en verano, época del año en que la temperatura anima a pasar más tiempo en la calle, en los eventos al aire libre, en las habituales fiestas patronales o en las terrazas de bares y restaurantes. Sin embargo, cada vez son más los ciudadanos que deciden no aguantar y se...
Trastornos del sueño, nervios, estrés, ansiedad, migrañas o pérdida de la capacidad auditiva. Son algunas de las consecuencias que padecen quienes a diario tienen que soportar ruidos molestos y constantes en su domicilio. Una situación que se acentúa en verano, época del año en que la temperatura anima a pasar más tiempo en la calle, en los eventos al aire libre, en las habituales fiestas patronales o en las terrazas de bares y restaurantes. Sin embargo, cada vez son más los ciudadanos que deciden no aguantar y se animan a reclamar cuando sufren ruidos que superan los límites de decibelios legales.
Los valores límite de emisión e inmisión de ruido están fijados en una ley estatal de aplicación básica, en leyes autonómicas y en las ordenanzas municipales. Según la legislación general, en el interior de los domicilios no se pueden superar los 30 decibelios durante la noche o los 40 por el día. En el exterior, el margen durante el día está entre los 55 y los 60 decibelios y entre los 45 y los 50 por la noche. Unos topes que las ordenanzas municipales pueden rebajar. De hecho, la Organización Mundial de la Salud considera que los objetivos de calidad acústica de las ciudades españolas están obsoletos y recomienda reducirlos en 10 decibelios.
Los perjudicados por estas inmisiones molestas tienen distintas vías para luchar contra el ruido. Como explica María José Rodríguez, vicepresidenta de la Asociación Juristas contra el Ruido, los tribunales civiles pueden decretar el cierre de la actividad y condenar al causante de las molestias a indemnizar por los daños morales, en la salud, así como los patrimoniales que ocasione.
En la vía penal, los juzgados pueden condenar al infractor a penas de prisión, multa e inhabilitación para el desarrollo de una determinada actividad. Ejemplo de ello es la reciente sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid, en la que se castigó a los dueños de una discoteca madrileña por exceso de ruido a un año de prisión y una multa de hasta 180.000 euros por poner en riesgo la salud de los vecinos con sus inmisiones. También el Tribunal Supremo, en una sentencia de febrero, confirmó una condena de más de tres años de prisión por un delito de contaminación acústica. Para Ricardo Ayala, abogado especializado en defensa contra el ruido, lo más destacable de este fallo es que el alto tribunal estableció que los ruidos no tienen por qué causar daños físicos o psíquicos a los denunciantes para calificarse como delito. Basta con que quien los provoca conozca el riesgo potencial que conlleva su acción y no lo evite.
No sólo quienes provocan las inmisiones molestas pueden ser castigados por los tribunales; las administraciones públicas también pueden ser condenadas a indemnizar a los afectados tanto por no hacer nada como por no hacer lo suficiente para frenar a quienes rebasen los límites legales de ruido. “Es reiterada la jurisprudencia que considera que no basta con intervenciones esporádicas, sino que las actuaciones de la administración deben ser suficientes para paliar el problema planteado”, afirma Yomara García, presidenta de la Asociación de Juristas contra el Ruido. Y es que, como señala Ayala, corresponde a los ayuntamientos y, por tanto, a la policía municipal, verificar a través de mediciones con sonómetros homologados si se ha producido una infracción que deba sancionarse.
Nulidad de la licencia
En las sentencias que condenan a los ayuntamientos por los ruidos excesivos de eventos multitudinarios, además del resarcimiento de los daños provocados, se suele incluir la nulidad de la licencia administrativa que los autorizó. Así ocurrió en un caso que Yomara García ganó en 2021 y que supuso el traslado del carnaval del Día de la Vegueta que se celebra en Las Palmas de Gran Canaria para que no pasara por una zona residencial. Con su resolución, el juzgado de lo contencioso-administrativo número 5 de la ciudad canaria puso de manifiesto que ninguna fiesta puede hacerse a costa de suprimir los derechos de los vecinos.
Antes de llegar a los tribunales, los perjudicados por sonidos molestos deben realizar una comunicación fehaciente al emisor de esas actividades ruidosas para su cese y, si ello no surte efecto, denunciar ante la policía local para que el Ayuntamiento tome medidas. “En ambos casos, para saber si los niveles de ruido soportados vulneran la normativa hay que realizar una medición del nivel de inmisión que se sufre”, advierte la abogada experta en contaminación acústica María Dolores Muñoz.
En este proceso, García insiste en que conviene contactar con profesionales jurídicos y técnicos especializados “para plantear la reclamación debidamente asesorados desde un principio”. Algo en lo que coincide Ayala, que explica que, por ejemplo, para que una emisión excesiva de ruido pueda calificarse como delito de contaminación acústica, es necesario que el emisor infrinja conscientemente y de forma reiterada las normas, desobedeciendo a la Policía o al Ayuntamiento que haya sancionado su actividad. “Debe haber expedientes sancionadores o, en su defecto, informes técnicos privados y públicos que acrediten las infracciones”, señala el abogado.
Y es que, como indica Rodríguez, a veces al infractor le conviene pagar la multa impuesta por la administración y seguir realizando la actividad por la que se le castigó. Por ello, aunque la abogada valora el efecto disuasorio que puede tener el incremento del importe de las sanciones en las ordenanzas de ruido, para ella, lo más importante es que haya una decidida voluntad por parte de los ayuntamientos para acabar con las conductas que provocan la contaminación acústica.
Cambios tras la pandemia
Los abogados especialistas en demandas vinculadas a ruidos aseguran que el número de consultas de ciudadanos sobre qué pueden hacer si se ven sometidos a estas situaciones ha aumentado este verano por distintos factores. La abogada María José Rodríguez señala el papel fundamental en el aumento de los conflictos por el ruido de la ampliación del espacio público dedicado a las terrazas de los bares y el final de las restricciones de los horarios de la hostelería. Yomara García, presidenta de la Asociación de Juristas contra el Ruido, agrega: “Durante la pandemia hemos sido más conscientes de los sonidos en el medio urbano sin tanto ruido y ahora valoramos más la tranquilidad”.