La Audiencia Nacional admite a trámite la querella contra Uber Eats por presunta “organización criminal”
Élite Taxi, la asociación de taxistas mayoritaria en Barcelona, acusa a la plataforma de esquivar la ‘ley Rider’
La Audiencia Nacional ha admitido a trámite este miércoles la querella presentada por Élite Taxi —la asociación mayoritaria entre los taxistas de Barcelona—, Riders x Derechos y Taxi Project 2.0 contra la plataforma de reparto a domicilio Uber Eats. Las tres asociaciones presentaron la querella la semana pasada por los presuntos delitos de organización criminal, estafa...
La Audiencia Nacional ha admitido a trámite este miércoles la querella presentada por Élite Taxi —la asociación mayoritaria entre los taxistas de Barcelona—, Riders x Derechos y Taxi Project 2.0 contra la plataforma de reparto a domicilio Uber Eats. Las tres asociaciones presentaron la querella la semana pasada por los presuntos delitos de organización criminal, estafa, defraudación a la Hacienda Pública y a la Seguridad Social, y delitos contra los derechos de los trabajadores. Los denunciantes acusan a Uber Eats de haber abusado de la figura del falso autónomo, y de seguir esquivando la normativa aun después de la entrada en vigor de la ley Rider.
Los responsables de Uber Eats deberán comparecer ante el tribunal después de que el juzgado central de instrucción número 2 de la Audiencia Nacional haya admitido a trámite la querella presentada por las asociaciones de taxistas y de repartidores. La querella es concretamente contra Uber Systems Spain y contra Portier Eats Spain, empresas que gestionan la marca Uber Eats, y también alcanza a los directivos. Los querellantes están liderados por Élite Taxi, que a su vez está condenada por la Autoritat Catalana de la Competencia a una multa de casi 123.000 euros por llamar al boicot contra Uber, la empresa matriz de Uber Eats, que también ofrece servicios de movilidad.
En la querella, las asociaciones apuntan que Uber Eats ha podido extender su operativa en España gracias al uso de la figura del falso autónomo, es decir, repartidores que estaban dados de alta en el régimen especial de trabajadores autónomos, pero que en realidad tenían una relación puramente laboral con la plataforma, que distribuye los pedidos a repartir, fija los horarios y los precios. “[La compañía] se ha asentado y expandido en territorio español gracias a la sofisticación y abuso de la figura del falso autónomo, siendo un factor clave para, junto a otras plataformas como Glovo o Deliveroo, hacer crecer exponencialmente el mercado del reparto a domicilio, donde se ha hecho común la ausencia de derechos laborales mínimos, tales como la jornada máxima, salario mínimo, vacaciones, baja maternal o el paro”, resumían los querellantes en una nota.
Tras la entrada en vigor de la Ley Rider, que llegó después de una serie de sentencias que condenaban el modelo de las plataformas de reparto, Uber Eats creó un modelo híbrido: una parte de los trabajadores pasaron a integrarse en flotas que prestan servicio a Uber Eats y continuaron con un contrato por cuenta ajena con estas compañías externas, y otros siguieron siendo repartidores autónomos, a los que, según la empresa, se les garantiza completa independencia para llevar a cabo su actividad, y no se les fija ninguna condición ni de horarios ni de tarifas. “De los falsos autónomos pasó a la subcontratación temporal, donde ha externalizado fraudulentamente toda su actividad a diferentes empresas”, dice la querella, que abunda en que las empresas externas “imponen rotación e inestabilidad entre los trabajadores, aun cuando Uber Eats sigue estableciendo las condiciones y gozando de las rentas derivadas de su trabajo”.
Es en este contexto que la querella acusa a la plataforma de varios delitos, entre ellos el de una “posible organización criminal”: “Destaca la ideación de un modelo para fraude y lucro ilícito de la compañía”. Uber Eats, por su parte, defiende que su modelo cumple “plenamente” con la regulación, y recuerda que ha adaptado su forma de trabajar “para garantizar el pleno control de los repartidores autónomos sobre su trabajo”.
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