La CNMC extiende tres años las limitaciones a Telefónica por la compra de Canal +
La operadora, que deberá seguir ofreciendo a los rivales sus canales de cine y deportes a precio regulado, estudia recurrir la decisión en los tribunales
La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha prorrogado durante tres años más, hasta 2023, las obligaciones más duras que le impuso a Telefónica para autorizar la compra en abril de 2015 de Distribuidora de Televisión Digital (DTS), la plataforma de televisión de pago de Canal+. El regulador justifica la extensión de esas condiciones en que “persisten riesgos para la competencia en los mercados afectados...
La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha prorrogado durante tres años más, hasta 2023, las obligaciones más duras que le impuso a Telefónica para autorizar la compra en abril de 2015 de Distribuidora de Televisión Digital (DTS), la plataforma de televisión de pago de Canal+. El regulador justifica la extensión de esas condiciones en que “persisten riesgos para la competencia en los mercados afectados por la operación”, es decir, en el de la televisión de pago.
Una resolución con la que no está conforme Telefónica que estima que el mercado de la televisión de pago en España es lo suficientemente maduro y competitivo, y que no tiene sentido ninguna imposición adicional. Por eso, la operadora está estudiando interponer medidas judiciales, y recurrir la decisión del regulador ante la Audiencia Nacional, informaron a EL PAÍS fuentes de la compañía.
De esta forma, Telefónica tendrá que seguir ofreciendo a cualquier otro operador de televisión de pago a un precio regulado una oferta mayorista de sus canales premium de cine y series (Sony, Fox, Warner, Paramount, etcétera) o de deportes en directo (Liga de Primera División, Copa del Rey, Champions League, Europa League, Campeonato del Mundo de Fútbol, Campeonato Mundial de Baloncesto, Fórmula 1, Moto GP y Juegos Olímpicos).
Cada rival de Telefónica, que integró Canal + en su plataforma Movistar+, puede acceder a un máximo del 50% de los canales que integran la oferta mayorista y tienen libertad de elegir cómo componen su elección dentro de esa oferta. Los precios de esta oferta, vigilados por la CNMC, deben asegurar la replicabilidad de la oferta minorista que Telefónica ofrece a sus clientes y deben prevenir situaciones de estrechamiento de márgenes para sus competidores.
La CNMC aprobó en abril de 2015 la operación de concentración consistente en la toma de control exclusivo de DTS por Telefónica con la compra del 56% de la plataforma al Grupo PRISA (editor de EL PAÍS), imponiéndole una serie de compromisos durante cinco años para garantizar la competencia.
Transcurrido el plazo inicial de cinco años, el Consejo de la CNMC ha considerado que, con carácter general, persisten los riesgos para la competencia efectiva identificados en el marco inicial de la concentración y que la situación competitiva de los mercados afectados justifica que se mantengan durante tres años adicionales los compromisos adoptados.
En su decisión, el organismo ha tenido en cuenta que Telefónica “sigue teniendo poder de mercado en la televisión de pago, así como el notable crecimiento de la proporción de clientes cuyos servicios de tele de pago están empaquetados con otros servicios de comunicaciones electrónicas”.
Dos limitaciones eliminadas
La CNMC solo elimina ahora la limitación en la adquisición de contenidos de vídeo bajo demanda por subscripción, como los que comercializan Netflix, Amazon Primeo o HBO, una librería de series y películas para consumir cuando el cliente quiera.
También se suprime la obligación de mantener las condiciones de los canales de terceros durante la vigencia de los compromisos en los términos pactados antes de la concentración, aceptando una nueva redacción del compromiso que otorga un mayor poder de negociación para adaptar su parrilla de canales a las preferencias de los clientes. Es decir, que si antes, respecto a los canales de terceros (Canal Cocina, Canal Cosmo, etcétera), Telefónica estaba obligada a mantenerlos durante toda la vigencia de los compromisos en las mismas condiciones que tenían en 2015 y ahora podrá negociar esas condiciones si hay causas que lo justifiquen, como la escasa audiencia.