Europa no compensará a los accionistas y acreedores del Popular por las pérdidas sufridas en la quiebra
La Junta Única de Resolución (JUR) concluye definitivamente que hubiera sido peor haber declarado el concurso de acreedores
Es el último paso, y se esperaba entre los perjudicados porque ya lo había anticipado en decisiones anteriores, pero no deja de ser un decepción más para los miles de afectados por la quiebra del Popular en junio de 2017. La Junta Única de Resolución (JUR), organismo presidido por Elke König, ha confirmado este miércoles que no compensará a los accionistas y acreedores de Banco Popular al concluir que de haber llevado a...
Es el último paso, y se esperaba entre los perjudicados porque ya lo había anticipado en decisiones anteriores, pero no deja de ser un decepción más para los miles de afectados por la quiebra del Popular en junio de 2017. La Junta Única de Resolución (JUR), organismo presidido por Elke König, ha confirmado este miércoles que no compensará a los accionistas y acreedores de Banco Popular al concluir que de haber llevado a cabo un procedimiento normal de insolvencia, es decir, lo que antes se conocía como concurso de acreedores, las consecuencias hubieran sido mayores.
El Popular, siguiendo las normas europeas, fue vendido por un euro al Santander, que absorbió 2.000 millones de los recursos propios de la entidad comprada que correspondía a sus accionistas y bonistas. La JUR ya había tomado esta decisión con carácter provisional a la luz de las conclusiones del informe Valoración 3 que la consultora Deloitte elaboró y después abrió un proceso de derecho de audiencia en el que recibió 2.856 intervenciones de los afectados. Este miércoles, y después de haber valorado todos estos comentarios, la institución ha confirmado su visión preliminar.
“Esta decisión cierra el proceso para analizar si una insolvencia habría supuesto un mejor resultado para los accionistas y acreedores de Banco Popular afectados. Está claro que no es así”, ha resumido en un comunicado la presidenta de la JUR, Elke König. “Entiendo que sea decepcionante para aquellos que han perdido, pero demuestra que el marco de resolución es efectivo y protege a los contribuyentes y a la estabilidad financiera”, ha añadido la alemana, según informa Europa Press.
De esta forma, la JUR ha adoptado su “decisión final” sobre el caso, que ha enviado al Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria (FROB) como autoridad nacional encargada de implementar la resolución. Además, el organismo presidido por König ha informado de que no organizará una rueda de prensa sobre su decisión debido a las restricciones de movimiento impuestas por las autoridades belgas en Bruselas para combatir la propagación de la Covid-19.
Los afectados reclamarán por vía civil
Entre las asociaciones de defensa de los afectados, la noticia ha sido recibida con malestar, aunque era esperada. Desde la Plataforma Stop Cláusulas Abusivas se apuntaba que, pese a este fallo, "quedan a salvo las reclamaciones civiles ante los Juzgados de Primera Instancia, pero no por las causas de la intervención, resolución y venta del Popular, sino por falsedad en los folletos informativos y hechos relevantes, falta de información, contabilidad presuntamente falsa y cuentas manipuladas.
El grupo de inversores mexicanos, que llegó a ser uno de los más importantes accionistas del Popular, mostraron su contrariedad por la decisión de la JUR y recordaron que el banco era “financieramente solvente y valioso hasta el final, a pesar de los desafíos financieros que tuvo que afrontar. El informe de los peritos del Banco de España concluyó inequívocamente que el Popular fue solvente hasta el final”, y que la crisis de liquidez fue causada por declaraciones de los reguladores: “Es lamentable que dos años y medio después de la resolución siga existiendo falta de transparencia sobre el proceso de resolución tanto por parte de las autoridades europeas como españolas”.
El informe de Deloitte encargado por la JUR consideraba tres escenarios de tiempo alternativos (18 meses, 3 años y 7 años) de cara a la liquidación mediante un procedimiento de insolvencia ordinario y para cada uno de ellos presenta el mejor y el peor resultado posible.
El documento concluye que en los seis casos las pérdidas para los accionistas del Popular hubieran sido mayores que las asumidas en el procedimiento de resolución, que cifra en 11.400 millones: 9.400 de los accionistas y 2.000 millones de titulares de deuda subordinada (a fecha del 6 de junio de 2017).
Además, si se hubiese sometido a la entidad a un procedimiento de insolvencia siguiendo las normas españolas, los acreedores subordinados habrían perdido el 100% de su dinero en los tres escenarios. Es decir, 8.800 millones de euros más para esta categoría de bonistas que sumar a los 2.000 millones de pérdidas del procedimiento de resolución.
A esto, habría que añadir en el escenario de 18 meses unas pérdidas de entre 8.000 millones y 14.000 millones, lo que eleva el total en el mejor de los casos a 28.2000 millones y a 34.100 millones en el peor.
Pérdidas de hasta 28.700 millones
Por otro lado, el escenario de tres años hubiera dado como resultado unas pérdidas para los acreedores ordinarios de entre 5.800 y 11.500 millones. Las pérdidas totales, por tanto, habrían ascendido a entre 26.000 y 31.000 millones en el mejor y el peor de los casos, respectivamente.
Finalmente, Deloitte calcula que un escenario de siete años resultaría en unas pérdidas para los acreedores ordinarios de entre 3.300 millones y 8.500 millones, por lo que las pérdidas totales serían de entre 23.400 y 28.700 millones.
La Junta Única de Resolución ha decidido este miércoles que no hay que compensar a los accionistas y acreedores afectados por la resolución del Banco Popular. El organismo de resolución de la unión bancaria de la UE entiende que dichos inversores no habrían recibido un mejor trato en un proceso ordinario de insolvencia.
“Esta decisión cierra el proceso de análisis para determinar si un proceso de insolvencia hubiera producido un mejor resultado para los accionistas y acreedores afectados del Banco Popular”, ha dicho la presidenta de la JUR, Elke König: “Está claro que no es el caso. Comprendo que será decepcionante para aquellos que hayan sufrido pérdidas, pero ello demuestra que el marco de resolución es efectivo, y que ha protegido a los contribuyentes de pérdidas y de inestabilidad financiera”.