Tribuna:

Inquietudes de la política pesquera

La Comisión Europea acaba de confirmar la verdadera complejidad y la escasa carencia de resultados en lo referente a la gestión pesquera. El informe presentado en el mes de mayo de 2010 sobre las posibilidades de pesca en aguas de la UE para el año 2011 viene a refrendar la falta de éxito de las medidas puestas en marcha desde que se aprobara la nueva reforma de la Política Pesquera Comunitaria. Además, la continuidad de las acciones que se llevan a cabo en el marco de la gestión pesquera no garantiza totalmente los objetivos previstos para el año 2015, tal y como lo habían suscrito los Estado...

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La Comisión Europea acaba de confirmar la verdadera complejidad y la escasa carencia de resultados en lo referente a la gestión pesquera. El informe presentado en el mes de mayo de 2010 sobre las posibilidades de pesca en aguas de la UE para el año 2011 viene a refrendar la falta de éxito de las medidas puestas en marcha desde que se aprobara la nueva reforma de la Política Pesquera Comunitaria. Además, la continuidad de las acciones que se llevan a cabo en el marco de la gestión pesquera no garantiza totalmente los objetivos previstos para el año 2015, tal y como lo habían suscrito los Estados Miembros en la cumbre de desarrollo sostenible, celebrada en Johanesburgo.

El informe sobre las posibilidades de pesca para 2011 para el conjunto de los Estados Miembros intenta desplegar un nuevo método de trabajo y propone cinco ejes directores. El primero, redefine como objetivo de la Política Pesquera Comunitaria que las posibilidades de pesca se fijen en niveles que garanticen la explotación sostenible de los recursos atendiendo a los distintos planes económicos, sociales y medioambientales. El segundo, que las variaciones anuales de las cuotas se han de limitar a cantidades que las hagan posibles y viables. El tercer eje es que se deben establecer niveles de captura y de presión pesquera con perspectivas planeadas a largo plazo, limitando la extracción de los stocks sobreexplotados al igual que se debe promover la reconstitución de los stocks agotados. En cuarto lugar, que las proposiciones de captura se basen sobre recomendaciones técnicas. Finalmente, en quinto término, que se respete el principio de precaución, esto es, que se acepte y aplique el principio vinculante de la ley comunitaria artículo 174(2) del Tratado Constitutivo de la CE y mencionado expresamente en el artículo 2(1) de la resolución 2371/2002, en lo tocante a la conservación y explotación sostenible de los recursos.

La Comisión Europea ha sido incapaz de responder a los cinco grandes problemas del sector
El agotamiento de los 'stocks' se debe a que los niveles de captura son demasiado elevados

Ello quiere decir que la Comisión Europea ve muchas dificultades a la hora de responder a los cinco grandes problemas que debe hacer frente la pesca europea: la sobrecapacidad de las flotas; la definición de unos objetivos estratégicos claros y viables; el poseer una visión a largo plazo; que los pescadores asuman sus auténticas responsabilidades, y, por último, la apuesta por la existencia de una fuerte voluntad política en esta materia.

Un análisis riguroso como el efectuado por Froese et al (2010) [Rebuilding fish stocks no later than 2015: will Europe meet the deadline?], publicado en la revista Fish and Fisheries, revela el enorme fracaso de la PPC y señala como gran temor que en el año 2015 no se lleguen a alcanzar los objetivos de lograr el Rendimiento Máximo Sostenible (RMS) en la gestión pesquera, ni tampoco la aplicación ni la implementación del principio de precaución. Recientemente, el trabajo de S. Villasante, María C. García-Negro, F. González-Laxe y G. Caballero [Overfishing and the CFP: (un)successful results from TAC regulation? (2010)], publicado igualmente en la misma revista, abunda en las mismas tesis al señalar que el actual sistema de asignación y distribución de la política pesquera comunitaria impide una adaptación de la flota pesquera a horizontes de sostenibilidad futura.

Los datos muestran el siguiente esquema:

Rasgos negativos

-La sobrepesca y el agotamiento de los stocks son debidos a que los niveles de captura y del esfuerzo de pesca autorizados son demasiado elevados.

-Los TAC adoptados por el consejo sobre las propuestas de la comisión sobrepasan en un 48% los niveles de actuar sosteniblemente.

-Las divergencias ante la proposición de la Comisión Europea y las opiniones de los científicos siguen siendo muy elevadas y, como consecuencia de ello, los niveles de variación del TAC se limitan, anualmente, a porcentajes limitados.

Rasgos positivos Rasgos positivos

-El número de stocks de los que se sabe que no están en situación de sobreexplotación ha pasado de 2 en el año 2005 a 11 en el año 2010.

-El número de stocks en los que se ha formulado recomendaciones de parada de captura ha disminuido de 20 a 14 en idéntico periodo.

-El número de stocks que se sitúa fuera de los límites de seguridad ha pasado de 30 en 2003 a 22 en 2010.

A pesar de los signos de mejora, los progresos son limitados; porque, lejos de que los stocks se recuperen, los esfuerzos pesqueros desplegados continúan siendo muy elevados y la sobrepesca en determinadas áreas y para ciertas especies concretas, se mantiene a lo largo del último decenio.

La razón hay que buscarla, de nuevo, en los propios sistemas de regulación pesquera. La Unión Europea prosigue apostando por un sistema de establecimiento de cuotas y un mecanismo de reparto de las mismas bajo el principio de la estabilidad relativa. Y de acuerdo con dichos procedimientos se constata, una vez más, el fracaso del mismo.

Un ejemplo de dicha afirmación es el balance para los stocks del Atlántico Noreste y aguas adyacentes. Las conclusiones son las siguientes:

a) Las estimaciones sobre las que se puede pescar no siguen las recomendaciones científicas. Así, los stocks sobre los cuales los límites biológicos de seguridad no son respetados son superiores a los que son respetados, 22 por 15, respectivamente.

b) Los stocks que son explotados en tasas que garantizan el rendimiento máximo sostenible son muy inferiores a aquellos en los que las tasas de explotación del stock está sobreexplotado (4 y 28, respectivamente).

c) Los excesos del TAC con respecto a los niveles de captura sostenible, aunque son decrecientes, también alcanzan el 34% en el año 2010.

A la vista de este marco, se subrayan tres elementos claves. En primer término, se requiere poner en marcha nuevas medidas en función de los nuevos conceptos de índices de precaución, umbrales en los niveles de esfuerzo pesquero o determinación de límites en lo que respecta a la biomasa. En segundo lugar, se debe tener en cuenta que la continuación en la aplicación de las líneas expuestas por la Comisión Europea apenas van a proporcionar resultados óptimos. Finalmente, y lo que es peor, no concluiremos logrando la reconstitución de los stocks en el año 2015, ni tampoco se pondrá en aplicación el principio de precaución.

El documento de la Comisión Europea sigue hablando de la "adaptación del esfuerzo de pesca", de "los ajustes en los esfuerzos" y de los "planes a largo plazo". Pero se sigue sin encontrar el camino adecuado para presentar un marco de sostenibilidad ecosistémica, puesto que no es capaz de modificar los actuales sistemas de gestión, ni de implementar medidas de control, ni tampoco llega a armonizar los mecanismos de sanciones para los infractores. El documento abunda, eso sí, en las referencias a los descartes, la pesca ilegal y enfatiza en el funcionamiento de los comités regionales.

Como conclusión final se puede afirmar que el documento expuesto no es robusto en el análisis, es algo decepcionante en los postulados y refleja un escaso compromiso sobre el futuro. Resulta todavía más inquietante cuando estamos ante la tercera reforma de la política común pesquera; y que, al igual que las precedentes (1992 y 2002), no logra una implementación lo suficientemente coherente para evitar un fracaso.

La Política Pesquera Comunitaria en contra de lo que se pueda presentar no parte ni se sustenta en una política de sostenibilidad. Simplemente, se basa en postulados en los que de manera prioritaria se busca asegurar el aprovisionamiento del mercado común de los productos pesqueros y, en consecuencia, son escasas las medidas propuestas para proteger los stocks de los recursos. Además, los Estados no han transferido en su totalidad las competencias a la Comisión Europea, manteniendo en sus legislaciones nacionales tanto las políticas de vigilancia, inspección, control y de sanción, dando lugar a tratamientos diferenciados según flotas y áreas de pesca. Los resultados en el cumplimiento de las normativas y los niveles de comportamiento de los pescadores son, por lo tanto, disímiles atendiendo a los países. Y, finalmente, desde 1983 se mantiene el principio de la estabilidad relativa, por el que algunos países impiden la reordenación de la gestión pesquera comunitaria dando lugar a un divorcio entre los objetivos de los pescadores y los de la propia comisión, dificultando la puesta en práctica de instrumentos y métodos de regulación pesquera más eficientes y sostenibles.

Fernando González Laxe es catedrático de Economía Aplicada de la Universidad de A Coruña.

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