Columna

De justicia

En más de una ocasión he criticado a aquellos jueces que emplean parte de su tiempo en alcanzar una imagen mediática a través del ejercicio jurisdiccional. Siempre he sentido respeto por lo contrario; por quienes ejercen su actividad jurisdiccional sin más trascendencia que el contenido de sus resoluciones judiciales. Lo he escrito en más de una ocasión en este mismo diario, en concreto en el año 1997, en una página de opinión que llamé Independencia judicial, abstención y cainismo. A aquel artículo han seguido algunos más. En todos he continuado con mis críticas hacia los ...

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En más de una ocasión he criticado a aquellos jueces que emplean parte de su tiempo en alcanzar una imagen mediática a través del ejercicio jurisdiccional. Siempre he sentido respeto por lo contrario; por quienes ejercen su actividad jurisdiccional sin más trascendencia que el contenido de sus resoluciones judiciales. Lo he escrito en más de una ocasión en este mismo diario, en concreto en el año 1997, en una página de opinión que llamé Independencia judicial, abstención y cainismo. A aquel artículo han seguido algunos más. En todos he continuado con mis críticas hacia los jueces estrella, con cita expresa de Baltasar Garzón, juez andaluz, nacido en Torres (Jaén). Unas censuras que he ido ampliando hacia la política judicial por estar más basada en la afinidad política para el reparto de cargos que en la capacitación profesional. Unas críticas que hacían hincapié en la existencia de una Administración de Justicia que no se ha reformado, a diferencia de los otros dos poderes del Estado. Hasta tal punto es así, que cualquier agresión que los jueces han entendido que se les ha hecho, ha derivado en su movilización: sólo son responsables ante sí mismos. Únicamente ellos pueden decidir quiénes de los que se integran en la carrera han de ser expedientados, apartados o sancionados. Hemos visto que ante determinadas actuaciones profesionales, susceptibles de ser sancionadas, han utilizando la huelga -discutible jurídicamente su ejercicio por los jueces- como medio de presión hasta lograr sus objetivos. Igualmente, en aquellas actuaciones judiciales, cuyos autores han errado y que han terminado con archivo al haber prescrito los hechos, no dan explicación alguna. Desde los actos de una juez que se dedicó a usar la toga para perjudicar a su ex marido hasta asuntos de la Audiencia Nacional como la puesta en libertad de narcotraficantes por error o prescripción de delitos y ejecución de penas.

En cambio, y no voy a entrar en razones jurídicas, sí está ocurriendo con Baltasar Garzón. Ahora sí, y a diferencia de estos otros casos, se decide sentar en el banquillo a este juez. Motivos: su forma de aplicar la Ley sobre la Memoria Histórica; escuchas en el caso Gürtel o, según los querellantes, cobrar unos cursos a cambio acordar el archivo de una querella que, a mayor garantía, fue solicitado por el Ministerio Fiscal y confirmada la decisión por la Audiencia, sin que ni uno ni otra (los jueces que integraron la Sala confirmadora de la resolución que se tacha de prevaricadora por la Falange) estén inculpados. Pero decía que éste no era el motivo de esta columna. El verdadero motivo es que, ante las críticas que he realizado a este juez, no quiero que aquellas de entonces y un silencio ahora pudieran interpretarse como una disconformidad con el hecho de que un juez haya intentado investigar los asesinatos cometidos durante la guerra civil y en los años posteriores. No es así. En este sentido, tiene todo mi apoyo. Un juez al que junto con otras actuaciones que están en su haber -encarcelar a más de 1.000 etarras, 3.000 narcotraficantes, conocer del GAL ...- puede, a través del calvario que supone sentarse en el banquillo, sea quién dé lugar a que se inicie la reforma judicial que tanta falta hace.

Las actuaciones instructoras contra este juez están siendo analizadas por nuestro entorno democrático. Y según medios como Le Monde o The New York Times no sale muy bien parada. España ya no está aislada. Sus actos llegan al resto del mundo democrático y a las instituciones internacionales con las que está comprometida. Y es más que probable que estas instituciones no sean tan generosas con aquellos jueces y esta Justicia que interpreta que en la amnistía española están incluidos los delitos de genocidio.

Si no es así, España, a causa de su Administración de Justicia, tendrá que explicar por qué se persigue a un juez por iniciar un procedimiento contra posibles responsables de crímenes de guerra y en sus años posteriores y, en cambio, no lo hace con quienes los cometieron. En todo caso, y al margen de simpatías, es un contradiós que la Justicia española se mueva en este caso a golpe de la Falange y de imputados por corrupción.

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