Columna

Del escolta a la infamia

Decididamente, no hay duda de que existe un peculiar modo de razonar, común a los presidentes de Diputación de las provincias del sur de Galicia. Si en mi última columna aludía a Pontevedra, ahora le toca el turno a Ourense. Y es que ese peculiar modo de razonar se ha puesto de manifiesto en el episodio del chófer-escolta de esta Diputación, que es utilizado en horario laboral para llevar a los nietos de su presidente al colegio. Ante las críticas que ha suscitado el uso de empleados públicos para fines particulares, Baltar ha recurrido a un argumento sorprendente, a saber: que él nunca obligó...

Suscríbete para seguir leyendo

Lee sin límites

Decididamente, no hay duda de que existe un peculiar modo de razonar, común a los presidentes de Diputación de las provincias del sur de Galicia. Si en mi última columna aludía a Pontevedra, ahora le toca el turno a Ourense. Y es que ese peculiar modo de razonar se ha puesto de manifiesto en el episodio del chófer-escolta de esta Diputación, que es utilizado en horario laboral para llevar a los nietos de su presidente al colegio. Ante las críticas que ha suscitado el uso de empleados públicos para fines particulares, Baltar ha recurrido a un argumento sorprendente, a saber: que él nunca obligó al escolta a realizar las labores de transportista escolar y que el escolta lo hace porque quiere; consiguientemente, "mientras él quiera, seguirá haciéndolo".

Donde sí hay claros indicios de delito es en las acusaciones de Baltar contra Quintana

Frente a semejante argumentación hay que responder que el hecho de que el escolta realice voluntariamente dicha labor no elimina de ningún modo la responsabilidad que, en su caso, pudiese corresponder a Baltar por permitir que el escolta la lleve a cabo. Como presidente de la Diputación, es él precisamente quien tiene atribuida la competencia administrativa originaria para gestionar los recursos públicos asignados a su cargo. De ahí que, si conoce una actividad ilícita y está en condiciones de impedirla, tiene el deber jurídico de actuar, y si permite que dicha actividad continúe, será responsable de ella por omisión, del mismo modo que, si un funcionario tiene a su disposición caudales públicos y consiente que otra persona los sustraiga, es tan responsable de la sustracción como si él mismo se hubiese apropiado directamente de tales caudales.

En suma, la licitud jurídica de la actividad de llevar a los nietos al colegio no puede depender de que el escolta la realice voluntariamente, sino únicamente de que no infrinja una norma que prohíba tal actividad. Eso sí, en lo que tiene razón José Luis Baltar es en que esa actividad no constituye un delito ("que me lleven al juzgado", ha afirmado en su defensa); no obstante, que no sea delito no implica que sea jurídicamente correcta, puesto que puede infringir una norma administrativa, que, si no existe en este caso, desde luego debería existir.

Por el contrario, donde sí hay claros indicios de delito es en la intervención de Baltar en un mitin de la pasada campaña electoral gallega, en el que dio pábulo a la infamia de que Quintana había maltratado a su mujer; y aquí sí va a tener que acudir al juzgado, puesto que Quintana y su ex pareja acaban de presentar una querella criminal. En su respuesta a la querella surge de nuevo el peculiar modo de razonar de Baltar: de un lado, no cree que "sea material penal lo que se dice en un mitin"; de otro lado, asegura que las imputaciones a Quintana "eran vox pópuli".

Frente a estos baltariles argumentos, hay que oponer que, si bien los personajes públicos como Quintana están obligados a soportar ataques a su honor más intensos que los restantes ciudadanos, lo que nunca está permitido es la "imputación de un delito hecha con conocimiento de su falsedad o temerario desprecio a la verdad", porque esto es lo que nuestro Código Penal define como calumnia. Y su responsabilidad por calumnia en forma alguna puede quedar eliminada por ser proferida en un mitin en un pabellón de deportes (que, por ahora, no es todavía un Parlamento), o por invocar esa sedicente e ignota "vox pópuli", que, en versión latina, variante galaica, facción boina, nos recuerda el "sano sentimiento del pueblo alemán" que el Código Penal nazi utilizaba para definir lo que debía ser delito. Por lo demás, él mismo nos aporta la prueba definitiva de la calumnia, cuando ahora asegura: "Si lo que afirmé en el mitin no es cierto, me retracto". Es una prueba evidente de que en el momento de la imputación del delito de malos tratos actuó con temerario desprecio hacia la verdad.

Lo que más afecta es lo que sucede más cerca. Para no perderte nada, suscríbete.
SIGUE LEYENDO

Con todo, antes de esta marcha atrás (a su manera), Baltar todavía tuvo oportunidad de ahondar en la infamia, cuando, ante el anuncio de la querella de Quintana, respondió: "Lo tiene claro si quiere resucitar metiéndose ahora conmigo". De ahí que haya que respaldar a Quintana en una querella que sólo él está legitimado para presentar, al tratarse de un delito que únicamente es perseguible a instancia de la persona ofendida. Y es que no sólo está en juego la defensa del honor de Quintana, sino además el interés de la comunidad en erradicar la infamia que envilece la vida pública.

Archivado En