CATALUÑA

Dos parlamentarias pioneras

El Parlamento catalán fue pionero en permitir la delegación del voto a las diputadas de baja por maternidad. Esta delegación se permite desde 2006, cuando se modificó el reglamento. En concreto, el artículo 84 establece que "las diputadas que por baja de maternidad no puedan cumplir el deber de asistir a los debates y a las votaciones del pleno pueden delegar el voto en otro diputado o diputada".

Las representantes que se acojan a este supuesto -el texto deja claro que sólo pueden ser mujeres- deben comunicar por carta al presidente del Parlamento en qué diputado delegan su voto. Y debe...

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El Parlamento catalán fue pionero en permitir la delegación del voto a las diputadas de baja por maternidad. Esta delegación se permite desde 2006, cuando se modificó el reglamento. En concreto, el artículo 84 establece que "las diputadas que por baja de maternidad no puedan cumplir el deber de asistir a los debates y a las votaciones del pleno pueden delegar el voto en otro diputado o diputada".

Las representantes que se acojan a este supuesto -el texto deja claro que sólo pueden ser mujeres- deben comunicar por carta al presidente del Parlamento en qué diputado delegan su voto. Y deben hacerlo antes de cada pleno. No vale una única carta para todo el periodo de baja maternal. Con estas precauciones y delimitaciones, los partidos quisieron sortear el mandato constitucional de que el voto es indelegable.

Dos diputadas se han beneficiado ya del nuevo reglamento: Dolors Camats (Iniciativa per Catalunya) y Rocío Martínez (Partit dels Socialistes). Camats, la primera diputada de España que delegó su voto, salvó incluso una votación de la mayoría gubernamental pese a su ausencia. El Gobierno tripartito aprobó por solamente un voto de diferencia, el suyo, la regulación de la figura del vicepresidente de la Generalitat.

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