La Audiencia rechaza la petición de un joven para que sus padres le suban la paga

La Audiencia de Sevilla ha desestimado la petición de un joven de 22 años de que sus padres le suban la paga de 150 euros al mes, cantidad que la sentencia considera "proporcional, suficiente y generosa" teniendo en cuenta que el padre está en paro y cobra un subsidio de 700 euros mensuales.

La Sección Segunda de la Audiencia desestima la petición del joven porque 150 euros es una ayuda suficiente teniendo en cuenta que el chico sigue viviendo en casa de sus padres y utiliza "los servicios comunes de la familia, incluso de alimentación si le gusta lo que se decide cada día".

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La Audiencia de Sevilla ha desestimado la petición de un joven de 22 años de que sus padres le suban la paga de 150 euros al mes, cantidad que la sentencia considera "proporcional, suficiente y generosa" teniendo en cuenta que el padre está en paro y cobra un subsidio de 700 euros mensuales.

La Sección Segunda de la Audiencia desestima la petición del joven porque 150 euros es una ayuda suficiente teniendo en cuenta que el chico sigue viviendo en casa de sus padres y utiliza "los servicios comunes de la familia, incluso de alimentación si le gusta lo que se decide cada día".

El caso fue planteado inicialmente al juzgado en el año 2004 por los padres afectados, cansados de los "graves conflictos familiares" causados por su hijo, entonces de 20 años, que exigía que le pagasen la matrícula y los libros de la Universidad y que le entregasen en efectivo el dinero destinado a su alimentación y vestido.

El juzgado de primera instancia 4 de Dos Hermanas (Sevilla) decretó que 150 euros mensuales de "paga" eran suficientes pues el "deber de alimentos" de los padres se atenua "a partir del momento en que se adquiere una determinada capacitación", momento en el que "la lucha por la vida es asunto personal de cada uno". El joven recurrió a la Audiencia para conseguir mayor "paga" pero la nueva sentencia confirma que se trata de una cantidad "proporcional, suficiente y generosa para cumplir las necesidades indispensables" y teniendo en cuenta los ingresos de la familia. En este caso, el padre ganó en el año 2002 una media de 866 euros, en 2003 de unos 1.014 euros y desde abril de 2003 se quedó en paro y cobró 700 euros mensuales, cantidad de la que vive el matrimonio y otros dos hijos, de 23 y 12 años.

El reclamante M.A.S.A. recibe alojamiento, alimento, ropa y "el servicio de limpieza y costura por su madre", según la sentencia, que añade que "si rechaza comer o elegir ropa es sólo cuestión que a él incumbe". Ambas sentencias recogen que el hecho de que los padres de sufraguen la universidad y gastos de estudios "no puede ser exigido jurídicamente". Si lo hacen es porque quieren, no porque sea una "obligación jurídica".

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