La acusación del 'caso Roquetas' aprecia homicidio voluntario

La acusación popular del caso Roquetas representada por la Asociación Pro Derechos Humanos ha recurrido el auto, del Juzgado número 1 de Roquetas de Mar (Almería), que dicta la apertura del juicio oral por la muerte de Juan Martínez Galdeano en el cuartel de la Guardia Civil al considerar que se trató de un homicidio voluntario.

El abogado de la Asociación Pro Derechos Humanos de España, Manuel Ollé, explicó que ha presentado un incidente de nulidad al auto que traslada a la Audiencia Provincial la apertura del juicio, al considerar que el texto de la juez Estefanía López "es sus...

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La acusación popular del caso Roquetas representada por la Asociación Pro Derechos Humanos ha recurrido el auto, del Juzgado número 1 de Roquetas de Mar (Almería), que dicta la apertura del juicio oral por la muerte de Juan Martínez Galdeano en el cuartel de la Guardia Civil al considerar que se trató de un homicidio voluntario.

El abogado de la Asociación Pro Derechos Humanos de España, Manuel Ollé, explicó que ha presentado un incidente de nulidad al auto que traslada a la Audiencia Provincial la apertura del juicio, al considerar que el texto de la juez Estefanía López "es susceptible de ser recurrido por problemas de indefensión".

La presentación de este recurso se debe, según explicó Ollé, a que la acusación particular sostiene que la muerte del agricultor se debió a un homicidio voluntario y no imprudente, como lo calificó el Ministerio fiscal. "Nos basamos en las actuaciones, las declaraciones y los informes forenses", justificó el abogado.

"La jueza transformó el procedimiento en abreviado y sólo cabe la pena cabe de nueve años de prisión. Como el homicidio doloso que nosotros apreciamos puede ser de 9 a 15 años, habría que cambiar el procedimiento", explicó el letrado.

Según Ollé, todos los datos que rodean la muerte de Galdeano apuntan a que ésta se debió a un homicidio con dolo eventual, es decir, que "no querían matar al agricultor, pero que en la mente de los guardias civiles se representa la alta posibilidad de que muriera". Con la calificación de homicidio voluntario que solicita la acusación popular, si la juez decide incoar el procedimiento actual, las penas a la que se enfrentarían los imputados serían superiores a los diez años de prisión.

Informe forense

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El planteamiento de Ollé, de acuerdo con la teoría de la imputación objetiva del sistema judicial español es que, este caso se presta a un homicidio doloso, si bien reconoce la dificultad de diferenciarlo con el homicidio involuntario. "Entre el homicidio involuntario y el dolo eventual, la línea es muy frágil. Todo esto lo pensamos por la última ampliación del informe forense que dice que Galdeano no sólo murió por la ingestión de drogas, sino que hubo una serie de concausas", remacha el letrado.

La Asociación Pro Derechos Humanos de España se convirtió en acusación popular del caso Roquetas después de que la Audiencia de Almería estimase un recurso presentado por la ONG contra la decisión de la juez de Roquetas de Mar, que solicitaba a la asociación 30.000 euros de fianza para ejercer la acusación.

Tanto el Ministerio fiscal como la acusación particular solicitan diez años de prisión para el teniente José Manuel Rivas, jefe del puesto el día en que tuvieron lugar los hechos, y ocho años para cada uno de los agentes implicados, por los delitos de homicidio imprudente, atentado contra la integridad moral y lesiones.

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