Garrigues cree que la nueva versión del 'código Conthe' es más equilibrada

Los abogados Fernando Vives y Javier Pérez-Ardá, socios del primer despacho español, Garrigues, consideran que el texto definitivo del Código Unificado de la CNMV "no ha dejado feliz a nadie, lo que es un síntoma de que no malo". A su juicio, después del debate abierto "el texto inicial ha mejorado mucho" y apuntó que la nueva versión "es más equilibrada. No es previsible que se haya avalancha de críticas". Estos abogados consideran que es el código actual técnicamente es mejor que el presentado inicialmente.

Vives y Pérez-Ardá son coordinadores de la obra La sociedad cotizada, nuevo tí...

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Los abogados Fernando Vives y Javier Pérez-Ardá, socios del primer despacho español, Garrigues, consideran que el texto definitivo del Código Unificado de la CNMV "no ha dejado feliz a nadie, lo que es un síntoma de que no malo". A su juicio, después del debate abierto "el texto inicial ha mejorado mucho" y apuntó que la nueva versión "es más equilibrada. No es previsible que se haya avalancha de críticas". Estos abogados consideran que es el código actual técnicamente es mejor que el presentado inicialmente.

Vives y Pérez-Ardá son coordinadores de la obra La sociedad cotizada, nuevo título de la Colección Garrigues, que ayer fue presentado. La obra, que ha sido escrita por más de veinte profesionales del departamento de Derecho Mercantil, es un estudio pormenorizado de los aspectos más relevantes del régimen jurídico de las sociedades cotizadas, tanto en su vertiente interna como en su actuación en los mercados de valores. "Es un libro multidisciplinar, pues no sólo es un libro de Buen Gobierno, aunque lo trate profundamente; ni un libro sólo de OPA, aunque se analice el asunto", aseguró Fernando Vives.

Respecto al denominado código Conthe, estos abogados apuntaron que es positivo que haya acabado con el tono imperativo de la primera versión y que haya reducido sus recomendaciones de más de 70 a unas 50.

En su opinión también es adecuado que se anulara la obligación de tener un vicepresidente independiente "porque provocaba un choque con una figura que existe en la Ley de Sociedades Anónimas con unas atribuciones concretas. Tal y como estaba redactado, había un solapamiento de las facultades del vicepresidente con las del director", según Javier Pérez-Ardá.

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