El TSJA desestima el recurso por el traslado de la sede del PSOE onubense

El TSJA ha desestimado el recurso presentado por el grupo municipal socialista en el Ayuntamiento de Huelva para revocar el auto que avalaba la decisión del alcalde de la capital, Pedro Rodríguez (PP), de trasladar la sede de este grupo para poner en marcha un nuevo servicio municipal. El alcalde ordenó el cambio de ubicación de la primera a la tercera planta del grupo municipal para poner en marcha a la entrada del edificio consistorial, donde tenía la sede el PSOE, el Servicio de Atención al Ciudadano.

Según se recoge en la sentencia, el TSJA entiende que "no tiene que ser preferente ...

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El TSJA ha desestimado el recurso presentado por el grupo municipal socialista en el Ayuntamiento de Huelva para revocar el auto que avalaba la decisión del alcalde de la capital, Pedro Rodríguez (PP), de trasladar la sede de este grupo para poner en marcha un nuevo servicio municipal. El alcalde ordenó el cambio de ubicación de la primera a la tercera planta del grupo municipal para poner en marcha a la entrada del edificio consistorial, donde tenía la sede el PSOE, el Servicio de Atención al Ciudadano.

Según se recoge en la sentencia, el TSJA entiende que "no tiene que ser preferente la ubicación de un grupo político, ya que en una u otra planta puede ejercer su derecho a la participación en los asuntos públicos, sobre un servicio de atención al ciudadano". Asimismo, indica la sentencia que el recurso "no puede prosperar porque, de hacerlo, llevaría a que toda medida administrativa debería ser suspendida hasta que un tribunal dictaminara sobre su legalidad".

El traslado de sede del grupo municipal socialista se realizó el pasado 22 de enero de 2005 tras la autorización dada por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo al alcalde de Huelva para poder entrar en las dependencias socialistas y efectuarlo, autorización que fue la que se recurrió ante el TSJA.

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