Los forenses certifican que el fugitivo de Manises es un "individuo peligroso"

Desde el año 1998, Vicente González Cano, huido de la justicia desde el pasado 13 de octubre tras matar al gerente de la empresa de sus hijos cuando disparaba contra uno de ellos y atropellar mortalmente a un anciano cuando escapaba, tiene un informe de incapacidad permanente por padecer "un trastorno de personalidad de tipo impulsivo" que le impide controlar los impulsos. Este mismo documento ya recogía que se trataba de una persona adicta a drogas y que sufría por todo ello una "patología psiquiátrica severa".

El Juzgado de Lo Penal número diez de Valencia vio el juicio a Vicente Gonz...

Suscríbete para seguir leyendo

Lee sin límites

Desde el año 1998, Vicente González Cano, huido de la justicia desde el pasado 13 de octubre tras matar al gerente de la empresa de sus hijos cuando disparaba contra uno de ellos y atropellar mortalmente a un anciano cuando escapaba, tiene un informe de incapacidad permanente por padecer "un trastorno de personalidad de tipo impulsivo" que le impide controlar los impulsos. Este mismo documento ya recogía que se trataba de una persona adicta a drogas y que sufría por todo ello una "patología psiquiátrica severa".

El Juzgado de Lo Penal número diez de Valencia vio el juicio a Vicente González Cano en junio de 2004 por los delitos de daños, de lesiones psíquicas, de amenazas, de tenencia de armas prohibidas, de atentado, contra la seguridad del tráfico y una falta de lesiones. Esos delitos se correspondían a unos hechos ocurridos el 9 de febrero de 2002, día en el que González Cano se personó con una escopeta de cañones recortados cargada con cartuchos del calibre 12 y disparó erróneamente contra la puerta contigua a la que daba acceso a la vivienda de su hijo, al que había amenazado con matar.

El juez, por conformidad de las partes, condenó a Vicente González a dos años y nueve meses de prisión, además de seis meses de multa. Ese fallo judicial tuvo en cuenta varios factores a favor del condenado. Uno de ellos fue "la circunstancia atenuante análoga de alteración psíquica". El otro fue "la atenuante muy cualificada de drogadicción". Esas atenuantes fueron además propuestas por el fiscal y ratificadas por los abogados del condenado, el letrado Andrés Zapata, y del consorcio de compensación de seguros.

Durante ese juicio, en el informe forense al que fue sometido, además de confirmar el diagnóstico de trastorno de personalidad de tipo impulsivo, se le valoró como un individuo peligroso por la falta de control de impulsos, "un diagnóstico que se da uno en un año", según especialistas consultados por este diario. Un análisis de sustancias tóxicas en orina al que se le sometió, detectó presencia de cocaína, benzodiacepina y cannabinoides. Por todo ello, se añadió un apartado en el que se solicitaba que al ir a prisión se comunicara a los responsables penitenciarios que el interno debía estar bajo control médico.

El abogado defensor solicitó un nuevo informe, en el que los forenses reafirmaron lo reflejado en el anterior, tanto en lo referente al consumo de drogas, como en la calificación de individuo peligroso.

La sentencia en la que un informe forense reconocía a Vicente González Cano como "individuo peligroso" fue dictada el 23 de junio de 2004 y se encuentra desde entonces en los juzgados pendiente de ejecutar.

Lo que más afecta es lo que sucede más cerca. Para no perderte nada, suscríbete.
SIGUE LEYENDO

Archivado En