El fiscal de Sevilla pide penas mínimas por una muerte en un derrumbe

La Fiscalía de Sevilla ha pedido un año de prisión por un delito de homicidio imprudente para las arquitectas y el ingeniero técnico procesados por el derrumbe ocurrido el 6 de abril de 1999 en una fachada de la calle Bustos Tavera en el que murió la joven de 24 años María Teresa Guardia. El artículo 142 del Código Penal, al que hace referencia el fiscal, prevé una pena de entre uno y cuatro años de cárcel, solicitando además para los acusados en este caso la inhabilitación para el ejercicio de su profesión por cinco años ya que el supuesto homicidio se cometió por imprudencia profesional.
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La Fiscalía de Sevilla ha pedido un año de prisión por un delito de homicidio imprudente para las arquitectas y el ingeniero técnico procesados por el derrumbe ocurrido el 6 de abril de 1999 en una fachada de la calle Bustos Tavera en el que murió la joven de 24 años María Teresa Guardia. El artículo 142 del Código Penal, al que hace referencia el fiscal, prevé una pena de entre uno y cuatro años de cárcel, solicitando además para los acusados en este caso la inhabilitación para el ejercicio de su profesión por cinco años ya que el supuesto homicidio se cometió por imprudencia profesional.

La Audiencia de Sevilla confirmó el pasado noviembre el procesamiento contra cuatro personas imputadas tras desestimar los recursos de apelación que interpusieron sus respectivos representantes legales.

El escrito de acusación del fiscal, alude a la "falta de previsión y cautela" de los técnicos consignados con relación an la fachada que se derrumbó, es decir, las arquitectas encargadas de la rehabilitación, María de la O S.I. y Mercedes D.F., y el aparejador y director facultativo de las obras, Jorge G. M., de 36 años. El fiscal interesa la apertura de juicio oral por homicidio imprudente contra estos tres acusados, recordando que las citadas arquitectas y el administrador único de la comunidad de bienes del inmueble, José Luis C.R., para quien el fiscal pide el sobreseimiento provisional por no haberse acreditado su participación causal en este delito, eran los socios únicos de Doña Elvira, SA, promotora de las obras. Según estima el Ministerio Fiscal, esta entidad y sus componentes, como responsables civiles subsidiarios, así como los inculpados y sus aseguradoras, deberán abonar un total de 120.202 euros que pide como indemnización para los padres de la víctima.

La Audiencia respaldó la imputación, bien por el comienzo irregular de las obras (faltaba la autorización definitiva), bien por la defectuosa ejecución de obras.

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