El Constitucional niega el amparo al etarra absuelto tras matar a dos 'ertzainas'

El juicio contra Mikel Otegi, preso en Francia, deberá repetirse, como ordenó el Supremo

El Tribunal Constitucional ha denegado el amparo solicitado por Mikel Otegi Unanue contra la orden de repetir el juicio durante el que fue absuelto del asesinato de dos ertzainas en Itsasondo (Guipúzcoa) en 1995. Tanto el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) como el Supremo ordenaron repetir el juicio al estimar que el veredicto no estuvo suficientemente motivado. El jurado consideró al etarra (ahora preso en Francia y a la espera de juicio por pertenencia a banda terrorista) autor del doble homicidio, pero le absolvió al estimar un trastorno mental transitorio.

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El Tribunal Constitucional ha denegado el amparo solicitado por Mikel Otegi Unanue contra la orden de repetir el juicio durante el que fue absuelto del asesinato de dos ertzainas en Itsasondo (Guipúzcoa) en 1995. Tanto el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) como el Supremo ordenaron repetir el juicio al estimar que el veredicto no estuvo suficientemente motivado. El jurado consideró al etarra (ahora preso en Francia y a la espera de juicio por pertenencia a banda terrorista) autor del doble homicidio, pero le absolvió al estimar un trastorno mental transitorio.

El Constitucional, en una sentencia de la que ha sido ponente Pablo Pérez Tremps, considera que no se vulneró el derecho a la tutela judicial efectiva, a un proceso con todas las garantías ni a la presunción de inocencia en las sentencias del TSJPV y del Supremo recurridas. Arguye que "aun asumiendo el diferente nivel de exigencia de motivación entre sentencias condenatorias y absolutorias y las dificultades que puede suponer para un órgano integrado por personas no técnicas la motivación de sus decisiones", la ley impone al jurado la exigencia de explicar al menos de manera "sucinta", las razones de su veredicto.

Además el Constitucional considera que no se vulneró la presunción de inocencia ya que la anulación de la absolución respondió a defectos en la deliberación y votación del jurado y no a que se cuestionasen los hechos imputados al procesado.

Otegi, de 31 años, fue absuelto el 6 de marzo de 1997 pese a que el jurado popular consideró que fue el autor de los disparos que acabaron con la vida de Iñaki Mendiluze y José Luis González Villanueva, el 10 de diciembre de 1995. Esa mañana había agredido a otro ertzaina en un bar de Itsasondo. Al regresar al caserío de su familia disparó con una escopeta por la espalda a los agentes fallecidos sin que cruzase palabra con ellos.

El jurado consideró que debía aplicar la eximente completa de trastorno mental transitorio y le absolvió de los delitos de homicidio y atentado a agentes de la autoridad. Otegi fue excarcelado, huyó y fue detenido el 22 de febrero de 2003 en Irouleguy (Francia), junto a la ex miembro del comando Ttotto Aloña Muñoa.

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