Acuerdo para unificar criterios en las demandas contenciosas

El presidente de la Sala pretende evitar sentencias imprevisibles

Los juristas sostienen, y con razón, que nunca existen dos casos idénticos, pero sí abundan los pleitos que son muy parecidos, especialmente si no son penales, y que se sentencian de manera muy distinta según el tribunal que lo juzgue. Para evitar estas situaciones, el presidente de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña ha dictado un acuerdo con el fin de unificar criterios.

La jurisdicción contencioso-administrativa resuelve las demandas presentadas contra las decisiones más variadas que adoptan los cuatro niveles de la Administración: l...

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Los juristas sostienen, y con razón, que nunca existen dos casos idénticos, pero sí abundan los pleitos que son muy parecidos, especialmente si no son penales, y que se sentencian de manera muy distinta según el tribunal que lo juzgue. Para evitar estas situaciones, el presidente de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña ha dictado un acuerdo con el fin de unificar criterios.

La jurisdicción contencioso-administrativa resuelve las demandas presentadas contra las decisiones más variadas que adoptan los cuatro niveles de la Administración: local, comarcal, provincial y autonómica, además de la Delegación del Gobierno. Esas decisiones pueden ir desde el cobro de un impuesto, una decisión del pleno municipal o la denegación de una indemnización por mal funcionamiento de la sanidad. Se trata, por tanto, de cuestiones cotidianas que afectan a miles y miles de ciudadanos.

El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) tiene cinco secciones que resuelven estas demandas, algunas de ellas en primera instancia y en otros casos los recursos presentados contra las sentencias de los juzgados de lo contencioso. Al acabar el año pasado, el TSJC tenía 23.000 asuntos por resolver, de los que 15.000 estaban tramitándose y 8.000 pendientes de deliberar por los magistrados.

El acuerdo adoptado por el el presidente de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJC,

Ángel García Fontanet, data del pasado 28 de mayo y ha sido comunicado a los jueces de lo contencioso-administrativo, los abogados, la fiscalía y las principales instituciones de Cataluña, así como a las entidades municipalistas. El escrito dispone que cuando un magistrado ponente del TSJC o un juez de lo contencioso tenga que resolver una demanda sobre una materia que ya se ha analizado anteriormente por otro tribunal, lo que ocurre en la práctica totalidad de los casos, deberá ponerse en contacto con los jueces que ya se hayan pronunciado anteriormente para conocer el criterio que se debe aplicar.

Del mismo modo, García Fontanet ordena que cuando los magistrados de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJC sepan que existe alguna contradicción entre las sentencias judiciales adoptadas se lo comuniquen para que convoque una reunión entre los afectados. En esos casos, el mismo García Fontanet o uno de los magistrados afectados elaborarán una propuesta de acuerdo no vinculante que se transmitirá a los jueces. Si se fuese más allá y se resolviese el asunto, se trasladará a los secretarios judiciales de cada tribunal. Finalmente, el acuerdo de García Fontanet anuncia que convocará cada trimestre a todos los magistrados de lo contencioso para analizar su cumplimiento.

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El acuerdo insiste en que pretende respetar la independencia de todos los jueces, pero que se trata de "reducir en lo posible la imprevisibilidad de de las decisiones judiciales". Los especialistas lo llaman seguridad jurídica, que no es otra cosa que saber que los tribunales aplican los mismos criterios en todos los casos, al margen de las particularidades de cada pleito.

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