La nueva norma está "ahogando" a los reclusos

El auto del presidente de la máxima instancia judicial penitenciaria de Madrid, Arturo Beltrán, sólo es aplicable, de momento, al interno B. T. G. C., pero es extrapolable a todos los reclusos de la Comunidad de Madrid. Y es que la Sección Quinta de la Audiencia es el órgano superior jerárquico de los tres juzgados de vigilancia de Madrid, y frente a sus resoluciones no cabe recurso.

Son muchos los internos que delinquieron antes de entrar en vigor la Ley 7/2003, de 2 de julio, y tenían fundadas esperanzas de acortar sus penas acogiéndose a los beneficios del tercer grado. Este auto sup...

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El auto del presidente de la máxima instancia judicial penitenciaria de Madrid, Arturo Beltrán, sólo es aplicable, de momento, al interno B. T. G. C., pero es extrapolable a todos los reclusos de la Comunidad de Madrid. Y es que la Sección Quinta de la Audiencia es el órgano superior jerárquico de los tres juzgados de vigilancia de Madrid, y frente a sus resoluciones no cabe recurso.

Son muchos los internos que delinquieron antes de entrar en vigor la Ley 7/2003, de 2 de julio, y tenían fundadas esperanzas de acortar sus penas acogiéndose a los beneficios del tercer grado. Este auto supone para ellos un respiro, porque llueve sobre mojado: "Desde 1995 se han ido eliminando las posibilidades de acortar las condenas: ya no hay reducción de penas por trabajo ni cabe acceder al tercer grado si el interno no ha cumplido la mitad de la condena", se lamenta Carlos García, coordinador del Colegio de Abogados de Madrid en temas penitenciarios. "Durante un tiempo se ha aislado a los presos más peligrosos para evitar problemas; ahora, los reclusos se ven más ahogados aún, lo que puede generar conflictos", añade.

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