El TSJ confirma cinco multas a un geriátrico por mala atención a los internos

La residencia de la tercera edad Santa Odile, ubicada en El Vedat, en término de Torrent (L'Horta Nord) fue multada con 13.522 euros por la dirección general de Servicios Sociales de la Consejería de Bienestar Social en 2000. Los hechos que motivaron las multas fueron: la sujeción de un usuario a la cama sin autorización médica; incumplimiento de los módulos de personal; ausencia de informes médicos de los internos; deficiencias higiénicas en el centro; y carencia de cierres interiores en los dormitorios de los usuarios. Ahora, después del recurso que presentaron contra tales sanciones los ges...

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La residencia de la tercera edad Santa Odile, ubicada en El Vedat, en término de Torrent (L'Horta Nord) fue multada con 13.522 euros por la dirección general de Servicios Sociales de la Consejería de Bienestar Social en 2000. Los hechos que motivaron las multas fueron: la sujeción de un usuario a la cama sin autorización médica; incumplimiento de los módulos de personal; ausencia de informes médicos de los internos; deficiencias higiénicas en el centro; y carencia de cierres interiores en los dormitorios de los usuarios. Ahora, después del recurso que presentaron contra tales sanciones los gestores de la residencia, el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) las ha confirmado, tal como consta en la sentencia que recoge los hechos.

El tribunal de la sección tercera de la sala de lo Contencioso-Administrativo sólo ha admitido una reducción en la sanción impuesta por la ausencia de informes médicos, que pasa de 30.051 euros a 1.503 euros. El resto se mantiene igual. Los magistrados, en su deliberación, partieron de la base de la certeza de las actas de inspección que practicaron dos especialistas de la Consejería. De ello, la sala indica: "Los hechos observados resultan tan graves que resulta se convierte en incomprensible y carentes de justificación las alegaciones y pretensiones de la demandada". El fallo indica que está acreditado que el 19 de octubre de 1999 una usuaria se encontraba atada a la cama sin contar con la preceptiva autorización o informe médico que lo respaldara. Consta igualmente probado que sólo seis trabajadores contaban con la cualificación profesional necesaria para las labores que desempeñaban. Resalta en este punto el fallo que "la residencia contaba con un médico en nómina que sólo visitaba unas horas un día a la semana". Además, el fallo indica que "el informe de los inspectores constató la existencia de un olor intenso y la presencia de orines y defecaciones en el edificio, entre otras anomalías". De igual forma se constata que no existían informes médicos individualizados y actualizados de los internos y que las puertas de los dormitorios carecían de cierre interior, como era preceptivo.

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