APUNTES

Ritmos y contenidos dispares por autonomías

Apuntes

El ritmo de desarrollo de la LOU difiere de manera considerable según autonomías. Mientras muchas comunidades, como la valenciana, han despiezado sus contenidos en normativas específicas, Andalucía y Cataluña lo han englobado todo el contenido en sendas leyes, que están en fase de anteproyecto. Valencia y Canarias son de las pocas que han regulado ya su organismo externo de evaluación, la primera en forma de ley (que incluye asímismo el órgano de coordinación universitaria) y la segunda en forma de decreto. Ninguna ha aprobado todavía la normativa sobre Consejos Sociales.
...

Suscríbete para seguir leyendo

Lee sin límites

Apuntes

El ritmo de desarrollo de la LOU difiere de manera considerable según autonomías. Mientras muchas comunidades, como la valenciana, han despiezado sus contenidos en normativas específicas, Andalucía y Cataluña lo han englobado todo el contenido en sendas leyes, que están en fase de anteproyecto. Valencia y Canarias son de las pocas que han regulado ya su organismo externo de evaluación, la primera en forma de ley (que incluye asímismo el órgano de coordinación universitaria) y la segunda en forma de decreto. Ninguna ha aprobado todavía la normativa sobre Consejos Sociales.

Extremadura, Galicia, La Rioja y Madrid han regulado ya la contratación del profesorado, mediante decreto u orden, mientras que el País Vasco ha aprobado un decreto de contratos sólo para el curso 2002-03. Tanto el anteproyecto de ley general andaluza como el decreto madrileño sobre personal contratado regulan, además de las siete figuras básicas de la LOU, la posibilidad de contratos personales para el desarrollo de 'proyectos concretos de investigación científica o técnica'. La Comunidad de Madrid agrega en este capítulo a 'otro personal de administración y servicios', además de los investigadores. En ambos casos, el contrato será de obra o servicio.

Más información

El decreto gallego añade en el capítulo 'otros contratos' a los lectores de lenguas modernas o extranjeras. El anteproyecto de ley catalán es el que va más lejos en el desarrollo de las figuras de contratación, que divide en dos categorías: permanente (catedráticos, agregados y profesores colaboradores permanentes) y temporal (colaboradores, lectores, eméritos, visitantes y asociados).

En cuanto a las retribuciones adicionales, hay también diferencias. La más parecida a la propuesta valenciana, que es el borrador de decreto canario, simplifica su tipificación y cálculo, reduciendo a tres los complementos (méritos docentes, de investigación e institucionales) y a tres los tramos de cada uno de ellos. Como dato curioso, Canarias toma en consideración la opinión de los estudiantes para la asignación del complemento por méritos docentes, mediante 'encuestas de satisfación', que serán realizadas por la agencia de evaluación autonómica. En los méritos institucionales, por otro lado, Canarias incluye, además de la gestión, aspectos tales como la dirección de revistas científicas, la organización de congresos o la participación en exposiciones.

Lo que más afecta es lo que sucede más cerca. Para no perderte nada, suscríbete.
SIGUE LEYENDO