Indemnización del Fondo de Garantía Salarial a tres despedidos

El Tribunal Constitucional notificó ayer una sentencia de su Sala Primera que ampara a tres trabajadores despedidos por la empresa Supermercados Rubio, SA, contra la negativa del Fondo de Garantía Salarial (Fogasa) a indemnizarles. La decisión del Fogasa fue avalada por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, por lo que el Constitucional anula aquel fallo, por vulnerar la igualdad ante la ley.

Para despedir a los tres trabajadores, la empresa adujo la necesidad de amortizar sus puestos de trabajo con base en el artículo 52.c del Estatuto de los Trabajadores, que permite tales despid...

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El Tribunal Constitucional notificó ayer una sentencia de su Sala Primera que ampara a tres trabajadores despedidos por la empresa Supermercados Rubio, SA, contra la negativa del Fondo de Garantía Salarial (Fogasa) a indemnizarles. La decisión del Fogasa fue avalada por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, por lo que el Constitucional anula aquel fallo, por vulnerar la igualdad ante la ley.

Para despedir a los tres trabajadores, la empresa adujo la necesidad de amortizar sus puestos de trabajo con base en el artículo 52.c del Estatuto de los Trabajadores, que permite tales despidos por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción. Ante la insolvencia de la empresa, los despedidos reclamaron al Fogasa, que denegó las indemnizaciones por estimar que sólo estaban previstas en caso de despidos colectivos.

El Tribunal Constitucional recordó que el Fogasa 'tiene como cometido garantizar a los trabajadores la percepción de salarios adeudados e indemnizaciones insatisfechas por causas derivadas del desequilibrio patrimonial de las empresas', y razona que, 'siendo idénticas las causas del despido', no debe prevalecer la diferencia de trato 'por el número de trabajadores afectados'.

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