El fiscal jefe pide las penas máximas en casos de malos tratos

Enrique Beltrán, fiscal jefe del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) pidió ayer, a través de un comunicado, una reflexión en un doble sentido sobre la realidad de los malos tratos. 'Esa lacra sólo puede atacarse previa la denuncia de la víctima y las víctimas sólo denuncian si tienen la seguridad de que su acción va a tener resultados', afirmó.

Beltrán entiende que para que las denuncias se hagan 'es preciso que el peso de la ley sea el que la sociedad demanda'. Y, para ello, sostiene que los fiscales deben 'velar por que las penas tengan el debido efecto disuasorio en los delincuentes ...

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Enrique Beltrán, fiscal jefe del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) pidió ayer, a través de un comunicado, una reflexión en un doble sentido sobre la realidad de los malos tratos. 'Esa lacra sólo puede atacarse previa la denuncia de la víctima y las víctimas sólo denuncian si tienen la seguridad de que su acción va a tener resultados', afirmó.

Beltrán entiende que para que las denuncias se hagan 'es preciso que el peso de la ley sea el que la sociedad demanda'. Y, para ello, sostiene que los fiscales deben 'velar por que las penas tengan el debido efecto disuasorio en los delincuentes y la debida satisfacción en las ofendidas'. El fiscal jefe del TSJ añade: 'Debemos conseguir que las penas no se impongan en sus límites mínimos, apelando si es necesario a las sentencias en que esos mínimos se dicten sin argumentar el por qué o dando una argumentación inadecuada'. Beltrán defiende que en los casos en que se considere necesario se exprese 'oposición a la concesión de la suspensión de la pena de prisión'. Beltrán, que con el comunicado hecho público ayer sale al paso de la polémica desatada en los últimos días dado que la Comunidad Valenciana es la primera en este tipo de delitos de España, se refirió también a la necesidad de 'prevenir la seguridad de las víctimas' imponiendo, tal como establece el artículo 57 del código Penal, penas tales como la prohibición de aproximación a la víctima, familiares o personas que determine el juez y que la comunicación entre ellos sólo se haga según dictamine el magistrado.

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