Más huidas de reformatorios

Cuando la policía detiene a un menor de edad, lo traslada, previo paso por el juzgado, a dos tipos de centros de acogida: los de régimen abierto y los de régimen cerrado. En los primeros tienen permiso para salir y la Comunidad de Madrid carece de potestad para retenerles en contra de su voluntad de permanecer en el centro. En los segundos, conocidos como reformatorios, sí se les retiene. En 1999, en los centros abiertos se registraron 1.712 fugas. Algunos internos repitieron en más de una ocasión. La cifra en los centros cerrados es mucho menor: 23 fugas. Los menores se fugaron más en 2000 qu...

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Cuando la policía detiene a un menor de edad, lo traslada, previo paso por el juzgado, a dos tipos de centros de acogida: los de régimen abierto y los de régimen cerrado. En los primeros tienen permiso para salir y la Comunidad de Madrid carece de potestad para retenerles en contra de su voluntad de permanecer en el centro. En los segundos, conocidos como reformatorios, sí se les retiene. En 1999, en los centros abiertos se registraron 1.712 fugas. Algunos internos repitieron en más de una ocasión. La cifra en los centros cerrados es mucho menor: 23 fugas. Los menores se fugaron más en 2000 que en el año anterior: 1.945 fugas de los centros abiertos y 60 de los cerrados. El incremento, traducido a porcentajes, supone un crecimiento del 13,6% y el 260%, respectivamente.

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