OPINION DEL LECTOR

El agua no es negocio

Efectivamente así debe ser. No sólo por estar considerado por la Unión Europea (Comunicación Doce C 281, de 26-9-96), como 'sector estratégico clave', sino por tratarse de un recurso finito e imprescindible para la vida de todos los seres que habitan el planeta tierra. Por tanto, tiene que estar protegida de la legítima aspiración de los particulares de obtener un lucro con su actividad.

Ese carácter parece haber sido reconocido por el PSOE en su propuesta alternativa al Plan Hidrológico Nacional, recientemente aprobado por el PP, CiU y Coalición Canaria. En ella se aboga por el ahorro ...

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Efectivamente así debe ser. No sólo por estar considerado por la Unión Europea (Comunicación Doce C 281, de 26-9-96), como 'sector estratégico clave', sino por tratarse de un recurso finito e imprescindible para la vida de todos los seres que habitan el planeta tierra. Por tanto, tiene que estar protegida de la legítima aspiración de los particulares de obtener un lucro con su actividad.

Ese carácter parece haber sido reconocido por el PSOE en su propuesta alternativa al Plan Hidrológico Nacional, recientemente aprobado por el PP, CiU y Coalición Canaria. En ella se aboga por el ahorro del agua, considerándola como un bien de gran valor, volcándose en medidas de eficiencia en la gestión de la demanda del recurso. Aunque no explícita con demasiado énfasis el concepto de 'servicio público de interés general', que le corresponde.

Pero esa nueva filosofía de gestión del agua que defiende el PSOE, que se enmarca dentro del concepto 'nueva cultura del agua', sólo se podrá abrir paso practicando políticas que garanticen la titularidad pública de los sistemas de abastecimiento y saneamiento del agua. De otra manera, las declaraciones públicas que se vienen efectuando desde las consejerías competentes en razón de la materia corren el peligro de caer en saco roto.

Una de las medidas que debe tomar la Administración autonómica del Agua es cortar de raíz el tipo de acuerdo que han tomado los gobiernos locales de los Ayuntamientos de Écija (PA-PP), Osuna (IU-PP) y Villamanrique de la Condesa (PSOE) privatizando el servicio de agua que hasta hace unos meses lo prestaban directamente. Esos acuerdos han tenido el mismo denominador común: considerar el agua como negocio. Otra explicación no cabe.

No se puede argüir carencia de medios para la gestión del servicio por cuanto que los ayuntamientos disponen de recursos suficientes para la ejecución en común de obras y servicios determinados de su competencia. Ejemplos, muchos. Como muestra un botón: la comarca del Aljarafe. La gestión del servicio de suministro de agua, alcantarillado y tratamiento de aguas residuales la tienen encomendada 27 ayuntamientos a la Mancomunidad de Municipios del Aljarafe, y ésta, a través de Aljarafesa, gestiona uno de los mejores sistemas de abastecimiento de España. Por tanto, no se entiende la decisión del Ayuntamiento de Villamanrique de privatizar el servicio de agua, más que por lo dicho, dinero.

Pero, además, para los ayuntamientos que optan por privatizar el servicio del agua, el negocio es redondo por cuanto que han sido las Administraciones central y autonómica las que le han auxiliado en los aspectos técnicos y económicos para realizar las inversiones de creación y mejora de sus infraestructuras hidráulicas. Por tanto, mercadean con el esfuerzo inversor de todos los españoles. Además, sin importarles el daño que ocasionan a la economía de los habitantes por los precios que se verán obligados a satisfacer a los gestores del servicio.

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Por tanto, debe tomarse alguna medida para evitar esos parasitarios negocios. Siquiera para salvaguardar los intereses generales, garantizar un uso adecuado del agua y preservarlo de las circunstancias del mercado. Y ello es factible. Aunque el suministro de agua, alcantarillado y tratamiento de aguas residuales es materia de competencia plena de los municipios, según lo dispuesto por el artículo 25.2 de la Ley 2/1985, de 2 de abril, también en esa misma ley existen otras disposiciones que facultan a la Administración de la comunidad autónoma para la adopción de las medidas que considere adecuada en defensa del interés general.

En Andalucía existe el precedente de lo relacionado en materia de ordenación, gestión, ejecución y disciplina urbanística, también de competencia de los municipios, pero ejercidas por la comunidad autónoma en algunos municipios por determinadas circunstancias.-

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