Una mujer se negó a declarar tras ser citada como 'imputada'

El fiscal recuerda en el recurso la condición de inmigrante de una de las víctimas

Tras ser asistida, Nadia declaró en comisaría que, al salir de su domicilio, se topó con José María y que éste empezó 'a insultarla'. Añadió que gritó, que a continuación su agresor le apretó fuerte el cuello y que varios transeúntes recriminaron a José María su actitud. Según su versión, logró zafarse y corrió hacia el portal de su casa. Allí, José María la 'golpeó en la cabeza y costillas' y la propinó 'una patada en el pubis', lesión que el Samur calificó de 'importante'.

José María declaró en comisaría que tenía una hija común con Nadia. Y que esa noche fue a buscarla para reprochar...

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Tras ser asistida, Nadia declaró en comisaría que, al salir de su domicilio, se topó con José María y que éste empezó 'a insultarla'. Añadió que gritó, que a continuación su agresor le apretó fuerte el cuello y que varios transeúntes recriminaron a José María su actitud. Según su versión, logró zafarse y corrió hacia el portal de su casa. Allí, José María la 'golpeó en la cabeza y costillas' y la propinó 'una patada en el pubis', lesión que el Samur calificó de 'importante'.

José María declaró en comisaría que tenía una hija común con Nadia. Y que esa noche fue a buscarla para reprocharle que descuidase a la pequeña, pues la mujer trabaja, dijo, 'en una casa de citas'. Según su versión, al verse ambos, ella le agredió y él 'se limitó a sujetarla'.

'Paré el golpe que me iba a dar con el cazo y, de la misma fuerza, se dio ella', dice un denunciado

Posteriormente, ya ante el juez, José María añadió que 'tenía lesiones en un dedo causadas por Nadia'. Tras analizar ambas declaraciones, el fiscal solicitó al juez que prohibiera a José María acercarse a casa de Nadia. 'No tengo la más mínima intención de verla ni de acercarme a ella', declaró.

El juez dictó a continuación un auto en el que indica: 'Quien dicta no puede imponer la misma prohibición a la denunciante, pero exclusivamente por falta de audiencia '. Y añade después: 'Se citará a la denunciante para ser oída, y si el señor letrado del declarante solicita la prohibición , podrá adoptarse respecto a Nadia'. El juez acordó en ese momento citar a la mujer en 'calidad de imputada', como 'autora de las presuntas lesiones a José María, al existir un parte objetivo de lesiones', escribe.

En el mismo auto, el juez indica a José María que 'debe comunicar rápidamente a su juzgado cualquier acercamiento de Nadia a su persona, con el fin de evitar algo', explica, 'que se está observando por experiencia empírica y que consiste en que se denuncia incumplimiento de medidas mediante el torticero proceder de ser la persona presuntamente protegida la que provoca el acercamiento al presunto peligroso'.

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Al final, el juez impuso a José María la obligación de comparecer en el juzgado 'los lunes y viernes de cada semana'. La declaración de Nadia ante el juzgado, como imputada, se produjo finalmente el 15 de diciembre de 2000. Preguntada la mujer sobre los hechos, se limitó a responder: 'No tengo nada que decir'.

Seis días después, el juez decretó el sobreseimiento del caso, alegando que Nadia, pese a ser citada, había obviado ser reconocida por el forense. Y dijo que, en todo caso, los hechos eran una falta.

El fiscal, en su recurso, discrepa: 'De lo actuado se desprende que hubo malos tratos en el ámbito familiar', y recuerda que hay testigos que vieron la agresión, provocada por 'un experto en kárate'. Según el fiscal, debe proseguir la investigación por delito -fue hallada 'inconsciente'- e indicar las 'importantes lesiones' causadas a Nadia en el pubis. Recuerda la condición de inmigrante de Nadia y llama la atención de que ésta, que siempre estuvo localizada tras la agresión, desapareciese después de que el juez, que iba a citarla 'en calidad de imputada', avanzase en el interrogatorio a José María.

La otra decisión judicial recurrida por el fiscal se produjo el pasado 2 de abril. En esta ocasión, los agentes acudieron al portal del número 9 de la calle de Balaguer requeridos por Antonia C. H., peruana de 32 años. Antonia, que 'sangraba abundantemente por la cabeza', comentó que su compañero sentimental, Emilio C. A., 'había cogido un cazo de cocina y le había dado un golpe en la cabeza'.

Tras ser detenido, Emilio C. admitió la agresión a Antonia, que recibió varios puntos de sutura en la cabeza. En comisaría contó que llegó ese día a su domicilio y que llamó la atención a su pareja porque su padre iba a ir a visitarles 'y no había hecho nada en todo el día'. Agregó que, enfadada, rompió algunos platos. Y afirmó que después fueron ambos a un centro comercial y que, al empezar él a insultarla, regresó sola a casa.

Según Antonia, su compañero volvió al piso poco después de la discusión y lo primero que hizo, apuntó, fue 'insultarla' e 'intentar agredirla con un cinturón'. La mujer añadió que, como no pudo conseguirlo, al final le dio con el cazo en la cabeza.

Asimismo Antonia declaró que vivía con el agresor desde hacía seis años y que durante ese tiempo le había puesto 'varias denuncias' por malos tratos físicos y psíquicos. Y que, en una ocasión, había estado en un centro de mujeres maltratadas. 'Cuando bebe se pone muy violento', dijo.Ante el juez, Emilio C., de 33 años, subrayó que la disputa se debió a que su compañera le pidió dinero y él se lo negó, por lo que ella 'se alteró y le tiró un plato'. Destacó que hubo algunos 'gritos' y que lo único que él hizo fue 'parar los golpes' que le lanzó ella, y que fue ella misma 'la que se golpeó con el cazo'. 'Paré el golpe que me iba a dar con el cazo y, de la misma fuerza, se lo dio ella'. Momentos antes, según Emilio, su compañera había 'cogido un cuchillo de cocina para agredirle'.

Ante estos hechos, el fiscal pidió que se dictase el alejamiento de Emilio de la vivienda, dadas 'las lesiones y malos tratos' producidos, apuntó. El juez desestimó la petición, y el fiscal la ha recurrido por entender que la víctima queda 'desamparada'.

La teoría del derecho de género

En el caso de Antonia C. H. -la mujer peruana de 32 años que denunció que su marido la había golpeado con un cazo-, el juez Ramiro García justificó de la siguiente forma su negativa a dictar una medida de alejamiento contra el agresor: 'Está por ver en el presente caso quién es la víctima, salvo que en un automatismo mecanicista, se reinvente el derecho penal de autor de género; es decir, todo hombre (género) por el hecho de ser denunciado pasa automáticamente a ser el agresor'. 'La mujer (género) por el hecho de ser mujer pasa a ser víctima, este es el derecho penal de autor, desterrado por toda la doctrina científica y por el derecho penal en un Estado democrático'. 'Es más', se indica en el auto, 'este derecho penal de autor, nuevo, y alarmantemente propiciado a través de los medios de comunicación, con independencia de que efectivamente existen situaciones dramáticas de malos tratos a mujeres, bajo ningún concepto tiene cabida en un derecho procesal garantista'. '(...) Se está utilizando la mecánica de las denuncias como medio de obtener resultados que, formalmente, por el medio de obtenerlos, pueden considerarse oscuros'. (...) 'La tarea de un instructor es una tarea de ponderación, de prudencia, de análisis metódico de cada caso..., pero no del género. Si esto no lo hace un juez se convierte en cruzado de las causas penales. (...) No se puede actuar con mecanicismo y con el subyacente prejuicio indirecto derivado de la teoría del derecho de autor de género, que debe rechazarse', concluye. El fiscal discrepa en su recurso, del pasado 5 de abril, de los fundamentos expuestos por el juez. 'No acordar la medida de alejamiento solicitada', señala el fiscal, 'vista la agresividad denunciada y constatada del imputado y el miedo constatado de la denunciante , crea un riesgo grave e innecesario para la víctima'. El fiscal añade: 'Todo tema de malos tratos, dada la preocupación que ha generado tanto en la sociedad como en el legislador, debe ser convenientemente investigado, y las personas víctimas de ellos amparadas con las medidas de protección legalmente existentes'.

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