Desmontar no autoriza a ampliar

El momento jurídico en el que se encuentra hoy el proceso judicial relativo al claustro de San Jerónimo el Real arrancó en octubre de 1998, fecha en la que el Consejo de Ministros, presidido por José María Aznar, autorizó la modificación del Plan General de Ordenación Urbana, que regía para el área de los Jerónimos. El acuerdo perseguía hacer posible la ampliación del Museo del Prado sobre el claustro, explica Fernando Ledesma, presidente de la Sala Tercera del Tribunal Supremo. 'Ante aquel acuerdo, fueron presentados algunos recursos [para anularlo]'.

Al finalizar el verano, el Ministe...

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El momento jurídico en el que se encuentra hoy el proceso judicial relativo al claustro de San Jerónimo el Real arrancó en octubre de 1998, fecha en la que el Consejo de Ministros, presidido por José María Aznar, autorizó la modificación del Plan General de Ordenación Urbana, que regía para el área de los Jerónimos. El acuerdo perseguía hacer posible la ampliación del Museo del Prado sobre el claustro, explica Fernando Ledesma, presidente de la Sala Tercera del Tribunal Supremo. 'Ante aquel acuerdo, fueron presentados algunos recursos [para anularlo]'.

Al finalizar el verano, el Ministerio de Educación y Cultura andamió el claustro, que consideraba muy deteriorado. Los vecinos temieron que aquello encubriese la ampliación del Prado. Entonces, además de los recursos presentados, los demandantes solicitaron medidas cautelares encaminadas a detener las actuaciones. 'Esas medidas pueden ser adoptadas sin necesidad de oír a la parte opuesta', subraya el magistrado presidente Ledesma.

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La Sala Tercera decidió realizar, en octubre de 2000, una inspección ocular sobre el claustro. Tras subir a los andamios y recibir explicaciones de técnicos del Instituto del Patrimonio Histórico allí destacados, 'comprobó lo que ya había leído y autorizó el desmontaje, por estimar que existían razones de seguridad personal y monumental para ordenarlo'. Ledesma añade: 'Si el proyecto de Rafael Moneo no ha sido aún aprobado, no cabe interpretar las medidas como autorización ni desautorización de aquél'. En la fase actual, 'los recurrentes han de formalizar con detalle su demanda'.

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