TRIBUNALES

El juez teme que pueda huir el principal acusado por el 'caso Natzaret'

El juez Vicente Ríos confirmó ayer la prisión provisional para el principal acusado por el caso Natzaret. El magistrado considera que "los indicios de criminalidad concurrentes" en el acusado "desde su detención han quedado reforzados a través de la instrucción practicada". El juez estima que existe un "riesgo manifiesto" de que éste pueda huir. Riesgo que se incrementa por la venta de la casa de los dos acusados en el barrio de Natzaret, José y Soledad Múñoz.

El principal acusado por el linchamiento en 1998 de un camionero en el barrio de Natzaret que atropelló accidentalmente a, un ni...

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El juez Vicente Ríos confirmó ayer la prisión provisional para el principal acusado por el caso Natzaret. El magistrado considera que "los indicios de criminalidad concurrentes" en el acusado "desde su detención han quedado reforzados a través de la instrucción practicada". El juez estima que existe un "riesgo manifiesto" de que éste pueda huir. Riesgo que se incrementa por la venta de la casa de los dos acusados en el barrio de Natzaret, José y Soledad Múñoz.

El principal acusado por el linchamiento en 1998 de un camionero en el barrio de Natzaret que atropelló accidentalmente a, un niño de 20 meses, continuara en prisión tal y como pidieron las acusaciones particulares. El juez Vicente Ríos estima que la puesta en libertad provisional del acusado entraña un riesgo manifiesto de que éste pueda huir. Riesgo, según el juez, que se ve incrementado por la venta del domicilio familiar de José Muñoz y su mujer, también acusada, en la calle de Algemesí número 22 del barrio de Natzaret en Valencia. Según el auto dictado "las circunstancias personales que concurren en José Muñoz B. no permiten descartar su propósito de eludir la acción de la Justicia, como en su día efectivamente hizo al fugarse". El juez señala que "nunca se ha sabido dónde se ocultó el acusado tras fugarse una vez ocurridos los hechos" y se pregunta qué le impediría "volver a hacerlo, máxime en las actuales circunstancias", cuando su domicilio ha sido vendido. El juez refuerza sus razonamientos en base a una sentencia del Tribunal Constitucional de abril de 1997 en la que se señala que "a mayor gravedad de la acción enjuiciada, más intensa cabe presumir la tentación de huida".Esta es la quinta vez (las otras fueron entre el 8 de enero de 1999 y el 23 de abril del 2000) en que se deniega la petición de excarcelación de Muñoz solicitada por su abogado, Jaime Sanz de Bremond. Bremond podría tener redactado su escrito de calificación alrededor del día 11 de diciembre, un último trámite antes de la celebración de la Audiencia Preliminar que precederá al juicio.

Por otra parte, fuentes próximas a la Oficina del Jurado han manifestado su preocupación de cara a la formación del jurado que decidirá sobre este asunto dados los elementos que concurren en el asunto.

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