Cartas al director

Como lector

Como lector, observo que en mi artículo La generación de 2001, publicado el día 6 de abril en las páginas de Opinión, deslicé un error. Se decía: "ni siquiera se les permitió votar la Constitución a los comprendidos entre los 18 y los 21 años", cuando debía decir "ni siquiera se les permitió votar en las elecciones de 1977 previas a la aprobación de la Constitución", dato que refuerza el argumento que se mantenía.La mayoría de edad a los 18 años se estableció por Real Decreto Ley de fecha 16-11-1978, que entró en vigor al mismo día de su publicación, el 17.-...

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Como lector, observo que en mi artículo La generación de 2001, publicado el día 6 de abril en las páginas de Opinión, deslicé un error. Se decía: "ni siquiera se les permitió votar la Constitución a los comprendidos entre los 18 y los 21 años", cuando debía decir "ni siquiera se les permitió votar en las elecciones de 1977 previas a la aprobación de la Constitución", dato que refuerza el argumento que se mantenía.La mayoría de edad a los 18 años se estableció por Real Decreto Ley de fecha 16-11-1978, que entró en vigor al mismo día de su publicación, el 17.-

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