Justicia niega el régimen abierto a los dos marroquíes que se declaran inocentes

El Departamento de Justicia de la Generalitat, que es la Administración penitenciaria en Cataluña, no tiene previsto variar la situación carcelaria en la que se encuentran los dos marroquíes condenados como autores de una ola de violaciones y robos ocurridos en Barcelona y Tarragona a principio de los años noventa, de los que se declaran inocentes. El fiscal de vigilancia penitenciaria ha informado a favor del régimen abierto de los dos reclusos, pero Justicia anunció ayer que no accederá a esa petición por la gravedad de las condenas.

Ignasi García Clavel, director general de Servicios...

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El Departamento de Justicia de la Generalitat, que es la Administración penitenciaria en Cataluña, no tiene previsto variar la situación carcelaria en la que se encuentran los dos marroquíes condenados como autores de una ola de violaciones y robos ocurridos en Barcelona y Tarragona a principio de los años noventa, de los que se declaran inocentes. El fiscal de vigilancia penitenciaria ha informado a favor del régimen abierto de los dos reclusos, pero Justicia anunció ayer que no accederá a esa petición por la gravedad de las condenas.

Ignasi García Clavel, director general de Servicios Penitenciarios y Rehabilitación, declaró ayer a este diario que Abderrazak Mounib y Ahmed Tommouhi seguirán clasificados en segundo grado. De esta forma, descartó su traslado a una sección de régimen abierto, lo que les permitiría pasar el día fuera de la cárcel y acudir sólo al centro a dormir. También rechazó una posible concesión del tercer grado penitenciario, lo que les supondría poder pasar los fines de semana fuera de la prisión, así como alguna medida de libertad atenuada.La fiscalía de Cataluña solicitó el pasado 30 de abril del Ministerio de Justicia el indulto para ambos presos al dudar de que pudieran haber cometido los delitos por los que fueron condenados y considerar que la justicia pudo equivocarse tal como ya se demostró en una ocasión. El Tribunal Supremo anuló en mayo de 1997 la pena de 51 años de cárcel impuesta a cada uno por la Audiencia de Barcelona después de que la prueba de ADN demostrase la identidad del verdadero autor de varias de esas violaciones.

Sin embargo, García Clavel entiende que para conceder el régimen abierto a los dos presos que se declaran inocentes no basta con tener serias dudas sobre su culpabilidad y con que el fiscal lo solicite. "Eso sería muy peligroso porque ambos presos tienen condenas firmes muy abultadas, porque los indicios no bastan y porque existen otros mecanismos para que se demuestre su inocencia", explicó García Clavel. Dos de esos mecanismos -la tramitación del indulto instado por la fiscalía y la revisión de las condenas que ha de acordar el Tribunal Supremo- están ya en marcha, pero son muy lentos en comparación con el beneficio inmediato que comporta el tercer grado penitenciario.

García Clavel recuerda, además, que la Audiencia de Tarragona -que les impuso a cada uno 84 años de prisión por varios delitos- se ha pronunciado en contra del indulto. El director general de Servicios Penitenciarios de la Generalitat se ha entrevistado esta semana con Mounib en la prisión de Brians para hacerle reconsiderar la huelga de hambre y de sed que mantiene desde el lunes y de la que desistió Tommouhi. Este recluso está condenado a penas que suman 114 años.

"Si me muero, adiós"

Sin embargo, esa mediación no ha tenido efecto y Mounib continuó ayer con su protesta para presionar al Tribunal Supremo a que revise su condena. El cónsul de Marruecos y su abogado, Xavier Castellvell, también se entrevistaron ayer con él en la prisión, preocupados por su debilitado estado de salud. "Si me muero, adiós", afirma el letrado que le dijo ayer el preso.

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El Ministerio de Justicia ya dispone de los informes de los tres tribunales que condenaron a Mounib a penas que suman 101 años de cárcel y que son preceptivos, aunque no vinculantes, para resolver la petición de indulto. Sin embargo, es poco probable que se resuelva esa petición de indulto separadamente de la de Tommouhi, a la que falta todavía el informe que debe emitir la sección sexta de la Audiencia de Barcelona. La concesión del indulto es una decisión discrecional del Gobierno, por lo que resulta imprevisible predecir en qué sentido se adoptará.

Algunas fuentes judiciales aseguraron ayer, en este sentido, que el informe de la Audiencia de Tarragona pesará a la hora de adoptar la decisión, lo contrario de lo que opinan otras. Sea como fuere, el informe de la sección tercera entiende que no debe concederse esa medida de gracia porque los hechos por los que fueron condenados Mounib y Tommouhi "están plenamente probados". En este sentido, recuerdan que son "unánimes" las declaraciones de las tres víctimas y de los cinco testigos de las tres violaciones por las que fueron condenados.

El informe indica en sus conclusiones otros detalles para reiterar la culpabilidad de los acusados, como la raza a la que pertenecían, el idioma que hablaban o el hidrocele -tamaño desproporcionado- del testículo de uno de los acusados. Esas pruebas inculpatorias sirvieron para dictar las sentencias condenatorias, pero ahora son cuestionadas por los abogados de los marroquíes en los recursos de revisión que estudia el Supremo.

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