Seis años de prisión para un joven que abusó de una niña y la defenestró

La Audiencia de Barcelona condenó ayer a penas que suman seis años de prisión a Lázaro Sánchez Martínez, un joven que abusó de una niña de cuatro años, vecina suya, y la arrojó por una ventana, desde un tercer piso. El tribunal ha considerado las eximentes de esquizofrenia y de minoría de edad del acusado, que tenía 17 años cuando ocurrieron los hechos. Durante la vista el joven reconoció las acusaciones contra él y declaró que cuando tenía a la niña en brazos una voz le dijo: "¡Tírala, tírala!".

Los hechos ocurrieron la tarde del 20 de agosto de 1998 en Barcelona, cuando el acusado "de...

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La Audiencia de Barcelona condenó ayer a penas que suman seis años de prisión a Lázaro Sánchez Martínez, un joven que abusó de una niña de cuatro años, vecina suya, y la arrojó por una ventana, desde un tercer piso. El tribunal ha considerado las eximentes de esquizofrenia y de minoría de edad del acusado, que tenía 17 años cuando ocurrieron los hechos. Durante la vista el joven reconoció las acusaciones contra él y declaró que cuando tenía a la niña en brazos una voz le dijo: "¡Tírala, tírala!".

Los hechos ocurrieron la tarde del 20 de agosto de 1998 en Barcelona, cuando el acusado "de forma sigilosa", según la sentencia, interceptó a la niña en la escalera, la hizo entrar en su domicilio y le introdujo un dedo en la vagina. Cuando la madre advirtió la desaparición de la niña empezó a llamarla a gritos por la escalera. Fue entonces cuando el joven la arrojó por la ventana de un patio interior "con decidido propósito de acabar con su vida", asegura la sentencia. Sin embargo, la niña salvó su vida al impactar con un tendedero y actualmente sólo padece secuelas psíquicas. "La defenestración de la niña desde una altura tan considerable elimina cualquier propósito distinto al de matarla", afirma el tribunal. Éste condena al joven a dos años y medio de cárcel por abuso sexual y a otros tres y medio por asesinato en grado de tentativa, además de cinco millones de indemnización y de no acercarse por el nuevo domicilio de la niña durante seis años. La sentencia asegura que adopta esta decisión porque "la frialdad emocional" del acusado "provoca un nulo sentimiento de culpa o de contrición". Del mismo modo, afirma que no puede hablarse de agresión sexual y sí de abuso porque el acusado no empleó la violencia. Durante el juicio el fiscal reafirmó que la petición de pena le parecía reducida, pero que no podía modificarla porque había sido visada por el fiscal jefe de Cataluña, José María Mena, quien al día siguiente le llamó a capítulo. Las condenadas impuestas coinciden plenamente con las reclamadas por el fiscal. La abogada de la familia, que solicitó en el juicio 19 años de cárcel, anunció ayer que no recurriría al Tribunal Supremo "porque después de esta sentencia los padres dicen que no confían en la justicia".

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