Cuatro años de cárcel para un preso por un robo que no pudo cometer

Antonio A. M. fue condenado el pasado 25 de septiembre a cuatro años y dos meses de cárcel por un robo con intimidación que no cometió. Y no lo cometió porque, según la sentencia, ese robo fue perpetrado el 5 de enero de 1996, fecha en la que el procesado estaba preso en la cárcel de Navalcarnero cumpliendo otras condenas.Así lo ha certificado fehacientemente la Dirección General de Instituciones Penitenciarias a instancias de la nueva abogada del reo, Isabel García. En ese certificado, expedido por el subdirector de la prisión de Navalcarnero con fecha 18 de enero, se explica que Antonio lle...

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Antonio A. M. fue condenado el pasado 25 de septiembre a cuatro años y dos meses de cárcel por un robo con intimidación que no cometió. Y no lo cometió porque, según la sentencia, ese robo fue perpetrado el 5 de enero de 1996, fecha en la que el procesado estaba preso en la cárcel de Navalcarnero cumpliendo otras condenas.Así lo ha certificado fehacientemente la Dirección General de Instituciones Penitenciarias a instancias de la nueva abogada del reo, Isabel García. En ese certificado, expedido por el subdirector de la prisión de Navalcarnero con fecha 18 de enero, se explica que Antonio lleva "ininterrumpidamente" en este centro penitenciario desde "el 8 de octubre de 1994".

Lo ocurrido con Antonio es consecuencia de una cadena de errores y de desatención jurídica hacia este reo, según su abogada. Errores que se inician con el atestado policial y que continúan durante el proceso judicial sin que nadie -incluido el propio preso, que aceptó la pena que le pidió el fiscal en el juicio- pusiera remedio. Su nueva abogada (Antonio acudió al juicio con un letrado de oficio) pedirá al Tribunal Supremo que revise la sentencia y elimine de su expediente estos cuatro años y dos meses de cárcel.

PASA A LA PÁGINA 6

La abogada pide al Supremo que revise la condena y absuelva al reo

VIENE DE LA PÁGINA 1Antonio estaba preso por otros tres robos cuando fue citado por el Juzgado de lo Penal 15 de Madrid para ser enjuiciado como supuesto autor de un robo con intimidación ocurrido sobre las 23.30 del 5 de enero, víspera de Reyes, en la calle de la Plomada. El fiscal le pedía algo más de cinco años de cárcel tras acusarle de poner un cuchillo en el cuello a un transeúnte y robarle 8.000 pesetas. Antes del juicio, que no llegó a celebrarse como tal, el fiscal y el abogado de oficio pactaron una reducción de pena (cuatro años y dos meses) si Antonio aceptaba los hechos. Y lo hizo.

¿Por qué aceptó esa condena si él no había cometido el delito? "Llevaba tiempo en la cárcel y no era la primera vez que iba a un juicio acusado de algún robo", comenta su actual abogada, Isabel García . "Le dijeron que él había hecho eso y lo aceptó", añade. Ese detalle convirtió en firme el fallo. Antonio se percató del error cometido con él cuando intentó que le refundiesen sus distintas condenas en una sola, con vistas a los permisos penitenciarios. La última condena, la de los cuatro años y dos meses, no se podía refundir, le dijeron, porque el delito era muy posterior a los otros, enero del 96, y faltaba conexión con los otros, anteriores a octubre de 1994. "Pero si en enero de 1996 yo estaba en la cárcel, cómo voy a cometer ese otro robo", comentó Antonio a su nueva abogada. Ésta indagó y comprobó que Antonio decía la verdad. Bastaba con pedir un certificado a Instituciones Penitenciarias.

Algo que no hizo la policía al efectuar el atestado, ni el fiscal al preparar su escrito de acusación, ni el abogado de oficio al preparar la defensa, ni el juez al redactar la sentencia.

Este embrollo judicial, que fuentes jurídicas califican de "insólito", sólo tiene una salida. Al ser firme la sentencia del juzgado de lo penal y más que evidente la prueba que lo exculpa, es el Supremo, el único órgano que puede revisar esa pena. La abogada ya lo ha pedido. "Estuve con el juez penal y me dijo que él ya no podía hacer nada", afirma la abogada de Antonio.

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