Abogados y Fiscalía, escépticos ante el articulado

La reciente modificación del artículo 790 de la Ley de Enjuiciamiento Críminal impone trámites abreviados -juicios rápidos- en casos en los que anteriormente el juez podría optar por uno u otro procedimiento. "Se subraya así la decidida voluntad del legislador de agilizar los procesos penales, en el convencimiento de que una Justicia más rápida se adecua mejor a sus fines constitucionales y atiende más cumplidamente los intereses sociales", explicita la Ley. No obstante, los proyectos gubernamentales, en muchas ocasiones, fracasan por la falta de medios materiales y el escepticismo de varios ...

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La reciente modificación del artículo 790 de la Ley de Enjuiciamiento Críminal impone trámites abreviados -juicios rápidos- en casos en los que anteriormente el juez podría optar por uno u otro procedimiento. "Se subraya así la decidida voluntad del legislador de agilizar los procesos penales, en el convencimiento de que una Justicia más rápida se adecua mejor a sus fines constitucionales y atiende más cumplidamente los intereses sociales", explicita la Ley. No obstante, los proyectos gubernamentales, en muchas ocasiones, fracasan por la falta de medios materiales y el escepticismo de varios colectivos a la hora de favorecer su aplicación. Así, abogados y fiscales se muestran cautos ante la efectividad y procedencia de efectuar juicios rápidos. Los primeros tienen fundados motivos para ello. Los procedimientos abreviados persiguen acelerar la duración de un proceso para así evitar molestías al ciudadano. Ahora bien, un procedimiento corto no debe "perjudicar" nunca el "legítimo derecho de defensa" de todo ciudadano, asegura el decano de los abogados de Valencia, Luis Miguel Romero Villafranca, en un comunicado oficial del colegio. Según otras fuentes, con independencia del reconocido papel de la abogacía en la salvaguarda de derechos fundamentales, los letrados tienen otros motivos para mostrar sus reticencias. En este caso, puramente económicas. Comprimir la duración de un proceso acorta la duración de la contratación del jurista y, en consecuencia, sus honorarios. Ahora bien, Romero Villafranca ya ha manifestado en sendas reuniones con representantes del Consejo General del Poder Judicial y de los jueces de Valencia su disposición a estudiar la procedencia de la medida. Es más, el colegio estudia la posibilidad de formar a los abogados del Turno de Oficio en la realización de este tipo de juicios. Mientras, Enrique Beltrán, responsable de la Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, no esconde su cautela ante los juicios rápidos: "En contra de lo que han apuntado los magistrados de Valencia en alguna ocasión, el ministerio público no se opone a los juicios rápidos. Ahora bien, sí creo que la Justicia penal funciona con cierta rapidez en la Comunidad Valenciana, por lo que su aplicación aquí no produciría grandes resultados".

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