El Poder Judicial responsabiliza de los defectos del jurado a magistrados, fiscales y abogados

El pleno del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) estudiará mañana un dictamen, aprobado por unanimidad de su Comisión de Estudios e Informes, en el que, tras analizar las 76 primeras causas sometidas al tribunal del jurado en los 15 meses anteriores al 1 de abril de 1997, llega a la conclusión de que la mayor parte de las disfunciones apreciadas en la nueva institución se deben al olvido por magistrados, fiscales y abogados de su obligación de orientar y facilitar la tarea de los jueces legos en derecho. A diferencia del fiscal general del Estado, Jesús Cardenal, que pidió la reforma de ...

Suscríbete para seguir leyendo

Lee sin límites

El pleno del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) estudiará mañana un dictamen, aprobado por unanimidad de su Comisión de Estudios e Informes, en el que, tras analizar las 76 primeras causas sometidas al tribunal del jurado en los 15 meses anteriores al 1 de abril de 1997, llega a la conclusión de que la mayor parte de las disfunciones apreciadas en la nueva institución se deben al olvido por magistrados, fiscales y abogados de su obligación de orientar y facilitar la tarea de los jueces legos en derecho. A diferencia del fiscal general del Estado, Jesús Cardenal, que pidió la reforma de la ley, el CGPJ aprobará mañana un proyecto de formación sobre el jurado para jueces y magistrados

Más información

El origen de los informes, tanto del fiscal general del Estado como del CGPJ, fue una resolución aprobada por el Congreso de los Diputados el pasado 22 de abril, en la que instaba al Gobierno a que recabara de una y otra institución "información sobre la experiencia de la aplicación" de la vigente ley orgánica del Tribunal del Jura do para "una posible reforma de la misma".El informe de Cardenal, de 66 fólios, apostó por la reforma de la ley y, en concreto, propuso que " el Jurado ha de ser conscientemente apartado" del pronunciamiento previsto en el apartado d) del artículo 55 de la ley, en el que se indica que el veredicto del jurado "precisará el hecho delictivo por el cual el acusado habrá de ser declarado culpable o no culpable". El in forme se hizo eco de la "perplejidad colectiva ante veredictos sorpresivos" y aseguró ley ha generado posturas que alcanzan a "la existencia misma de esta institución".

La técnica utilizada por el CGPJ ha sido menos opinativa y más informativa, de acuerdo con el encargo parlamentario. Con base en un informe sobre los juicios por jurado realiza dos hasta el 31 de marzo de 1997, elaborado por los magistrados Miguel Carmona y José Manuel de Paúl, la Comisión e Estudios e Informes ha redactado un documento de 171 páginas que analiza cada uno de los 76 sometidos al Tribunal el Jurado, en especial los 39 en los que se produjo efectiva controversia, y que juzgaron un total de 50 delitos, 35 de ellos con veredicto de culpabilidad y 15 de no culpabilidad (de éstos últimos, sólo cinco por homicidio o asesinato.

Cambio mental y de modos

El informe extrae como "experiencia evidente", fruto del análisis realizado, el "necesario cambio de la mentalidad y los modos de proceder de los actores del proceso penal que el adecuado funcionamiento de esta institución requiere y, a la vez, provoca". Explica que "el enjuiciamiento de delitos ante el Tribunal del Jurado exige de los profesionales que intervienen en el mismo -tanto de los jueces y magistrados que participan en sus distintas fases, cuanto de la representación del Ministerio Fiscal, como de los ahogados representantes de las partes- un especial esfuerzo de acomodación a este nuevo contexto y a estas nuevas circunstancias procesales ( ... ), diferentes de las que concurren en un proceso penal común".El CGPJ estima "necesario" no sólo mejorar la formación, sino, "sobre todo, adecuar la actuación de los profesionales a la relevante función que en este proceso penal especial ejercen unos jueces legos que no conocen -ni tienen por qué conocer- la ley, el lenguaje o los hábitos de conducta forenses, y respecto de los cuales no cabe sobreentender ninguna cuestión que podría darse por supuesta en un proceso penal común, debiendo por tanto fácilitárseles su labor por todos los medios, a fin de que la participación de los ciudadanos en la Administración de Justicia (...) se realice de manera sencilla y efectiva".

Lo que más afecta es lo que sucede más cerca. Para no perderte nada, suscríbete.
SIGUE LEYENDO

Como conclusión primordial, el informe declara que "los jueces y magistrados -en particular, el magistrado-presidente en cada caso-, los fiscales y los abogados han de modificar sus pautas de comportamiento ( ... ), orientando sus intervenciones a facilitar la actuación de los jurados con la aportación de datos y valoraciones expuestos de manera clara, precisa y explícita y, por ende, comprensible para todos". Asegura que "la mayor parte de las disfunciones que se han podido apreciar en el desarrollo de los procesos penales ante el Tribunal del Jurado celebrados hasta la fecha se han debido precisamente al olvido de esta premisa esencial de este nuevo proceso penal especial".

Consciente de esta situación, y en cuanto a su ámbito, el CGPJ considera prioritario para el área de formación de jueces y magistrados "un exhaustivo plan de trabajo" sobre la ley que les permita dar soluciones a "los principales problemas que su aplicación práctica pudiera comportar".

El CGPJ recuerda también que en 1994 ya advirtió que "el correcto funcionamiento del Tribunal del Jurado precisa de la suficiente cobertura de un conjunto de medios materiales imprescindibles (salas de vistas adecuadas en las Audiencias Provinciales, elementos técnicos -grabadoras, estenotipia, vídeos- y medidas de seguridad)".

Archivado En