La CNMV impone mayor control en los fondos garantizados

La Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) ha enviado una carta a los presidentes de las sociedades gestoras de instituciones de inversión colectiva (IIC) y entidades de crédito y valores en la que señala la necesidad de que los fondos de inversión garantizados expresen el número máximo de participaciones por partícipe.La carta comienza señalando que la creciente innovación y sofisticación en la oferta de fondos de inversión en un sector cada vez más competitivo plantea a las sociedades gestoras la necesidad de limitar el crecimiento de sus nuevos productos de forma que puedan conocer ...

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La Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) ha enviado una carta a los presidentes de las sociedades gestoras de instituciones de inversión colectiva (IIC) y entidades de crédito y valores en la que señala la necesidad de que los fondos de inversión garantizados expresen el número máximo de participaciones por partícipe.La carta comienza señalando que la creciente innovación y sofisticación en la oferta de fondos de inversión en un sector cada vez más competitivo plantea a las sociedades gestoras la necesidad de limitar el crecimiento de sus nuevos productos de forma que puedan conocer de antemano su posible tamaño para poder estructurar adecuadamente su cartera de acuerdo con los objetivos de rentabilidad e inversión previstos.

Recuerda que la Ley de Instituciones de Inversión Colectiva señala que el número de participaciones de un fondo no estará limitado, sino que aumentará o disminuirá en función de la oferta o la demanda, y que la gestora está obligada a emitir o reembolsar participaciones a solicitud de cualquier interesado, con los límites reglamentarios.

Sin embargo, la CNMV señala que esta obligación no es incompatible con el establecimiento en los reglamentos de gestión de fondos garantizados de un número máximo de participaciones propiedad de un mismo partícipe. Por ello, la CNMV informa en su carta de que tramitará la constitución de fondos de inversión que prevean expresamente en su reglamento de gestión y folleto informativo el establecimiento de un máximo de participaciones por partícipe.

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