Garzón advierte en un auto que los diputados deben declarar sobre los documentos del Cesid

El juez del caso Oñederra, Baltasar Garzón, dictó ayer un auto en el que advierte a "funcionarios, parlamentarios, jueces y personas en general" que tienen obligación de colaborar con la Justicia y poner a su disposición cualquier contenido delictivo que pudieran haber conocido en los documentos del Cesid que el Gobierno se niega a desclasificar. Garzón, que pese a este auto no ha citado a ningún diputado de la Comisión de Secretos Oficiales, critica duramente al Gobierno y le acusa de "entorpecer" la labor de los magistrados y de instaurar "una especie de manto de impunidad" en torno a la act...

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El juez del caso Oñederra, Baltasar Garzón, dictó ayer un auto en el que advierte a "funcionarios, parlamentarios, jueces y personas en general" que tienen obligación de colaborar con la Justicia y poner a su disposición cualquier contenido delictivo que pudieran haber conocido en los documentos del Cesid que el Gobierno se niega a desclasificar. Garzón, que pese a este auto no ha citado a ningún diputado de la Comisión de Secretos Oficiales, critica duramente al Gobierno y le acusa de "entorpecer" la labor de los magistrados y de instaurar "una especie de manto de impunidad" en torno a la actividad presuntamente delictiva de algunos funcionarios por su negativa a levantar el secreto de documentos sobre la guerra sucia contra ETA. En su criterio, algunos de estos papeles del Cesid constituyen delito en sí mismos, y otros constituyen pruebas importantes.

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El auto de Garzón, juez instructor de un caso de cuatro asesinatos de los GAL, argumenta que el Consejo de Ministros, al negarse a desclasificar los papeles del Cesid, no ha podido decir, "porque legalmente no podía hacerlo", que quedan declarados secretos los delitos que los documentos contienen, sino que la declaración de secreto afecta únicamente al documento en sí mismo, al soporte, y porque afecta a la seguridad del Estado. El juez del caso Oñederra agrega que, si se interpretase de otro modo esta cuestión, tendría que plantearse "la posibilidad de un encubrimiento de conductas delictivas [por parte del Ejecutivo] castigado como delito en el artículo 451 del Código Penal". "Como ello no es aceptable", expone Garzón, "no puede quedar vedada la investigación de los contenidos a los que tales documentos se refieren".Garzón anticipa los argumentos jurídicos que, previsiblemente, utilizará si decide llamar a declarar a los parlamentarios miembros de la Comisión de Secretos Oficiales que supuestamente tuvieron conocimiento de los documentos que el magistrado pretende autentificar. Existe, dice, la obligación de investigar los delitos contenidos en los documentos del Cesid y los parlamentarios, funcionarios y jueces tienen el deber de colaborar con la Justicia en lo que sepan, sin que haya necesidad de reclamar de nuevo los documentos al Gobierno. De esta forma se respetaría la decisión del Consejo de Ministros, señala el auto, ya que no se entregaría el soporte físico del documento y, al mismo tiempo, se cumpliría con lo establecido en el artículo 118 de la Constitución, que resalta la necesidad de colaborar con la Justicia."

"¿Es copia?"

La forma de cumplir este trámite sería que el juez enseñase a los parlamentarios de la Comisión de Secretos Oficiales los documentos que están incorporados en el sumario, que son supuestas copias de los originales que el Gobierno ha confirmado que existen en el Cesid. La pregunta sería: ¿El documento que le muestro es copia del original que usted ha visto por razón de su cargo?

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El parlamentario no tendría que revelar el documento secreto, sino validar que se trata de una copia del original. Su testimonio proporcionaría valor de prueba a una supuesta copia del documento original.

En el escrito, Garzón solicita también al ministro de Defensa, Eduardo Serra, que adopte las medidas necesarias para evitar la destrucción, pérdida o deterioro de estos documentos del Cesid, al menos mientras no se resuelvan de forma definitiva los recursos interpuestos contra la decisión del Ejecutivo.

Garzón, en su auto, señala que la decisión del Gobierno de no levantar la condición de secreto a los papeles del Cesid no ayuda a aclarar la situación procesal, sino que la confunde profundamente. El juez, que califica de "entorpecedora" la actuación del Ejecutivo, precisa que ésta "coadyuva a la instauración de una especie de manto de impunidad en tomo a la actividad presuntamente delictiva de algunos funcionarios o personas al amparo de, o utilizando, los servicios secretos, a la vez que contribuye a la constatación de una especie de impotencia del Poder Judicial, que comprueba como resulta casi inviable la investigación de determinadas conductas y penetrar en ciertas zonas que de hecho se convierten en cotos de actividad incontrolada".

El magistrado discrepa del criterio del Gobierno y mantiene que "unos datos referidos exclusivamente a Pedro Gómez Nieto y Felipe Bayo Leal, ambos imputados en esta causa", no pueden afectar materialmente a la Seguridad del Estado como pretende el Consejo de Ministros, "porque lo cierto es que sólo tienen un valor meramente informativo e inocuo para aquella Seguridad, que no debe confundirse con la de algunas personas que han ocupado cargos de responsabilidad en el Estado".

Documentos de tres clases

Tres Garzón diferencia entre los documentos del Cesid en función de su contenido y de la respuesta dada por el Gobierno. Unos constituyen delito en sí mismos, como la denominada acta fundacional de los GAL, la nota de despacho en la que se anunciaba el inminente inicio de actividades de ese grupo, los documentos relativos a armas que pudieron ser utilizadas en atentados que se investigan, y otros relativos a posibles acciones contra los Comandos Autónomos Anticapitalistas. Éstos han de seguir investigándose.

Otros aportan datos sobre la ejecución de hechos delictivos que se investigan en la causa, pero de los que no se conoce el elemento material que los contiene -previsiblemente en el Cesid, afirma el juez-, por lo que no podrán indagarse en lo sucesivo.

El tercer grupo los forman los documentos de cuyo contenido se dispone pero que el Gobierno ha dicho que nunca han estado en el Cesid. El juez concluye que, en tal caso, no son secretos y por ello recuerda al que tenga los originales su obligación de aportarlos. Se trata de conversaciones mantenidas entre dos imputados; la elaboración de un anagrama de los GAL por personas del Cesid bajo las órdenes del coronel Perote, y la experimentación con pentotal (suero de la verdad) en drogadictos y mendigos para utilizarlo posteriormente en el secuestro del etarra Josu Ternera. Sobre este último hecho, Garzón ha pedido a la Sala de Conflictos del Supremo que le remita los documentos que obran en la causa que instruye el juez militar Jesús Palomino.

Respecto al documento sobre un presunto pacto con la mafia, el juez aclara que no quiere saber quién y cómo elaboró la información del Cesid, sino si en algún momento, en el curso de actividades presuntamente delictivas, "que no son propias del Cesid", se pensó en un pacto con las mafias del tráfico de drogas para combatir ilegalmente el terrorismo.

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