Magistrados de la Audiencia Nacional apoyan la reducción de las competencias del tribunal

Juristas de dentro y fuera de la Audiencia Nacional cuestionan la dimensión alcanzada por este órgano y su protagonismo en la Administración de justicia española, aunque no coinciden en la necesidad de que sea suprimida. Magistrados y fiscales de la Audiencia, con distintos matices, consideran "funcional" su existencia, si bien admiten que sería necesario recortar sus numerosas competencias. Todas las fuentes consultadas coinciden en que el acceso de los jueces a este órgano no debe hacerse por mera antigüedad, como ahora, sino exigiendo la capacidad necesaria.

La opinión más radical co...

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Juristas de dentro y fuera de la Audiencia Nacional cuestionan la dimensión alcanzada por este órgano y su protagonismo en la Administración de justicia española, aunque no coinciden en la necesidad de que sea suprimida. Magistrados y fiscales de la Audiencia, con distintos matices, consideran "funcional" su existencia, si bien admiten que sería necesario recortar sus numerosas competencias. Todas las fuentes consultadas coinciden en que el acceso de los jueces a este órgano no debe hacerse por mera antigüedad, como ahora, sino exigiendo la capacidad necesaria.

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La opinión más radical contra la continuidad de la Audiencia Nacional es la del abogado y catedrático de Derecho Penal Manuel Cobo del Rosal, para quien "no tiene sentido esta jurisdicción especial en una deinocracia". Cobo del Rosal, letrado de importantes encausasdos en este órgano judicial [es abogado defensor del ex secretario de Estado para la Seguridad Rafael Vera, procesado en el caso GAL], las competencias de la Audiencia Nacional deben reducirse "hasta que termine extinguiéndose". Para Cobo del Rosal, "existen dos justicias, la de las audiencias provinciales y la de la Audiencia Nacional, en donde se produce una muy distinta valoración de la prueba, en perjuicio de las libertades públicas". Este jurista critica "el poder omnímodo de los jueces centrales de instrucción, ante los que la gente comparece asustada, como si se tratara de auténticos comisarios de otros tiempos". Revela que ya advirtió que "iba a ser un disparate", cuando se le pidió su opinión sobre el decreto-ley de 1977 que creó la Audiencia Nacional, convertida, pasado el tiempo, según este catedrático, en 9a casa de los horrores".

Concentración de poder

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El magistrado José Antonio Alonso, portavoz de la asociación judicial Jueces para la Democracia, progresista y minoritaria, considera necesaria "una reflexión de futuro sobre la Audiencia Nacional, partiendo de que la concentración de poder es mala, por definición". Critica que este órgano judicial ha servido de "instancia legitimadora de una política criminal en materia de narcotráfico que creemos", dice, "equivocada". Estima que podría quitársele tal competencia y la de delitos económicos, pero reconoce más difícil desconcentrar la jurisdicción sobre terrorismo.

Tres magistrados de la Audiencia Nacional -Jaime Gestoso, de la Sala de lo Social; José Luis Requero, de la Sala de lo Contencioso-administrativo, y Ángel Calderón, juez de lo penal- han elaborado una comunicación a su Asociación Profesional de la Magistratura (APM), mayoritaria y conservadora, que hoy se pronunciará sobre en la clausura del XI Congreso Nacional. Describen la sucesiva asunción de competencias penales, desde las iniciales, procedentes de la jurisdicción militar, hasta las actuales, en donde el terrorismo ha pasado a un segundo plano frente al gran narcotráfico y la delincuencia económica.

La opinión de estos tres magistrados es que "la Audiencia Nacional, con todos los defectos que ha mostrado su funcionamiento, sigue siendo insustituible como órgano centralizado para el conocimiento de determinados asuntos, en la medida en que para ello resulta necesario contar con medios e infraestructura de la que carecen otros órganos dispersos".

En materia penal estiman conveniente "la redefinición de la Audiencia Nacional", cuyo presidente es Clemente Auger, mientras creen necesaria la Sala de lo Social y reconocen que la de lo Contencioso-administrativo es "uno de los órganos más colapsados de España".

Los tres magistrados mencionados critican a "la sedicente progresía jurídica", que censuró la constitucionalidad de la Audiencia Nacional y recuerdan el "definitivo espaldarazo" recibido por este órgano judicial desde el Tribunal Constitucional español y el Tribunal Europeo de Derechos Humanos de Estrasburgo.

Cobo del Rosal recuerda, a su vez, que la sentencia del Tribunal Constitucional contó con el voto particular discrepante del magistrado y catedrático de Derecho Procesal Vicente Gimeno Sendra. Afirma que la Audiencia Nacional fue copiada del Tribunal Central francés, creado por De Gaulle en tiempos de la OAS (organización militar secreta francesa), "con la diferencia de que el aquel no se amplió, mientras la Audiencia Nacional se expandió considerablemente". Insiste en que este órgano, heredero del Tribunal de Orden Público (TOP), "no tiene remedio".

Otros juristas de la Audiencia Nacional critican "el tópico del TOP" y aseguran que la Audiencia "no ha perseguido ninguno de los delitos políticos, como manifestación o asociación ilícita, de los que conocía el TOP".

Una nueva etapa

Estas fuentes reconocen la necesidad de reflexionar sobre un órgano judicial que, aparte del terrorismo, materia clave hasta hace dos años, entiende sobre desacatos a altos cargos, falsificación de moneda, delincuencia económica, delitos cometidos en el extranjero y extradiciones, entre otros. Estiman que, a partir de 1988, "cuando de refilón cae en sus manos el caso GAL, se inicia una nueva etapa, que ha sensibilizado notablemente a sectores poderosos, como el encausamiento del ex presidente de Banesto, Mario Conde".

Para estos juristas el problema no es "de constitucionalidad, sino de funcionalidad". Admiten que el terrorismo podría juzgarse donde se produce, ya que "también la Audiencia Nacional ha sufrido el asesinato de una fiscal y el atentado grave contra un presidente". Creen que delitos como la falsificación de moneda u otros podrían excluirse de su competencia "si no afectan a la economía nacional", pero afirman que "si los grandes asuntos caen en un juzgado normal, no llegan a juicio". Y ponen como ejemplo el caso de la colza, y recuerdan que el de Alcalá 20, de menor entidad, "tardó tanto como el del envenenamiento niasivo".

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