Dorna deberá restituir a TVE los derechos de transmisiones deportivas

La empresa Dorna, propiedad de Banesto, deberá restituir inmediatamente a TVE los derechos de retransmisiones deportivas que había traspasado a Antena 3 Televisión tras rescindir unilateralmente el contrato que le unía a la televisión estatal. La juez de primera instancia ha condenado, además, a Doma al pago de los perjuicios ocasionados a RTVE por esta recesión unilateral y a las costas del proceso.

El conflicto estalló, a finales del pasado mes de junio, cuando la empresa Dorna denunció a RTVE por incumplimiento del contrato suscrito en 1991 que concedía al Ente los derechos de los en...

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La empresa Dorna, propiedad de Banesto, deberá restituir inmediatamente a TVE los derechos de retransmisiones deportivas que había traspasado a Antena 3 Televisión tras rescindir unilateralmente el contrato que le unía a la televisión estatal. La juez de primera instancia ha condenado, además, a Doma al pago de los perjuicios ocasionados a RTVE por esta recesión unilateral y a las costas del proceso.

El conflicto estalló, a finales del pasado mes de junio, cuando la empresa Dorna denunció a RTVE por incumplimiento del contrato suscrito en 1991 que concedía al Ente los derechos de los encuentros europeos del Real Madrid de fútbol y baloncesto, el Estudiantes y el Juventut, y el Campeonato del Mundo de motociclismo y Fórmula 1. Directivos de Dorna aseguraron entonces que RTVE había incumplido "Ios plazos de pago y las condiciones, de programación contempladas en el contrato".Dorna procedió a traspasar estos derechos de retransmisión a Antena 3 TV, participada en un 25% por Banesto, que pasó a retransmitir el Gran Premio de Holanda de motociclismo. RTVE presentó un interdicto contra Dorna que ha sido fallado en su favor con todos los pronunciamientos favorables.

La resolución judicial expresa que la demandante, RTVE, se hallaba en "la posesión del derecho a retransmitir aquellos acontecimientos o competiciones deportivas en los términos que se le reconocían en el contrato suscrito con la demandada", que "ha procedido a despojar de tales derechos a la demandante, cediéndolos a una tercera persona (Antena 3 TV) sin la autorización de la detentadora de tal derecho ni habiendo obtenido una resolución judicial que la autorizase a efectuar tal cesión a otra persona".

La setencia podrá ser apelada sin que ello impida la reposición a RTVE de los derechos de retransmisión, quedando aplazada la ejecución de las indemnizaciones hasta que la sentencia sea firme.

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