Los agentes sólo pueden ser representados por sindicatos policiales
Una reciente circular del director general de la Policía, José María Rodríguez Colorado, ha recordado que "últimamente se viene produciendo otorgamiento de poderes notariales por las organizaciones sindicales del Cuerpo Nacional de Policía en favor de sindicatos ajenos a este cuerpo". El escrito señala que cuando dichos poderes se "pretendan hacer valer ante la Administración pública, y de forma concreta, ante esta dirección general, se ha de negar eficacia a dicho poder en la esfera sindical, bien sea por vía de silencio administrativo o dictando actos expresos denegatorios".
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Una reciente circular del director general de la Policía, José María Rodríguez Colorado, ha recordado que "últimamente se viene produciendo otorgamiento de poderes notariales por las organizaciones sindicales del Cuerpo Nacional de Policía en favor de sindicatos ajenos a este cuerpo". El escrito señala que cuando dichos poderes se "pretendan hacer valer ante la Administración pública, y de forma concreta, ante esta dirección general, se ha de negar eficacia a dicho poder en la esfera sindical, bien sea por vía de silencio administrativo o dictando actos expresos denegatorios".
Según la circular, "el derecho de sindicación es un derecho de la persona, y no del sindicato". "De aquí que si un sindicato otorga poder, el ámbito de éste no puede abarcar a lo que son funciones sindicales, pues el derecho de sindicación se proyecta sobre un sindicato libremente elegido, no sobre los demás".