Rechazo jurídico al intento de excluir a terroristas y narcotraficantes de los beneficios penitenciarios

La proposición de ley por la que el Grupo Parlamentario Popular pretende impedir que los condenados por delitos de terrorismo o tráfico de drogas obtengan la libertad condicional y la redención de penas por el trabajo es estimada inconstitucional por reconocidos juristas, quienes la creen contraria a los principios de igualdad y de reinserción. Los jueces Manuela Carmena, Perfecto Andrés y Joaquín Navarro coinciden en que la propuesta es "un disparate" o "una barbaridad"; la fiscal María Angeles García recuerda que la ley tiene como límite la Constitución, y el catedrático Manuel Cobo del Rosa...

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La proposición de ley por la que el Grupo Parlamentario Popular pretende impedir que los condenados por delitos de terrorismo o tráfico de drogas obtengan la libertad condicional y la redención de penas por el trabajo es estimada inconstitucional por reconocidos juristas, quienes la creen contraria a los principios de igualdad y de reinserción. Los jueces Manuela Carmena, Perfecto Andrés y Joaquín Navarro coinciden en que la propuesta es "un disparate" o "una barbaridad"; la fiscal María Angeles García recuerda que la ley tiene como límite la Constitución, y el catedrático Manuel Cobo del Rosal se muestra contrario a los regímenes excepcionales.

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La propuesta conservadora excluye a los terroristas condenados por delitos de sangre y a los penados por graves delitos de narcotráfico de los vigentes beneficios de la libertad condicional -aplicables a quienes hayan extinguido las tres cuartas partes de su condena, observen intachable conducta y ofrezcan garantías de hacer vida honrada en libertad- y de la redención de penas por el trabajo.La explicación ofrecida por el PP para su propuesta es "la especial gravedad que revisten los hechos delictivos realizados por bandas terroristas y determinados supuestos de narcotráfico". El PP invoca "la inseguridad jurídica que generan" tales delitos, así como "la particular idiosincrasia del delincuente que procede con tal ánimo delictivo", para avalar un "cumplimiento de la pena que no se beneficie de las fórmulas de libertad condicional y redención de penas por el trabajo previstas con carácter general".

"Un disparate"

Manuela Carmena, juez de vigilancia penitenciaria, considera la iniciativa "un disparate desde todos los puntos de vista", además de "absolutamente anticonstitucional". Razona que "lo que se llaman beneficios", enfatiza, "no son regalos que se hacen a los presos, sino el régimen que les corresponde, en aplicación del artículo 25.2 [las penas privativas de libertad se orientarán a la reeducación y Ireinserción social] y del 14 [igualdad de los españoles ante la ley] de la Constitución, que serían vulnerados".El magistrado Perfecto Andrés coincide con Carmena en que, en un marco de reinserción por imperativo constitucional, es "un disparate" excluir a unos determinados reclusos. Este magistrado, que discute "la racionalidad y la eficacia de los beneficios penitenciarios", se opone en todo caso a la discriminación y estima que "el carácter odioso de ciertos delitos debe traducirse en la importancia de la pena, sin caer en condenas aberrantes, como 35 años de privación de libertad" (como propone el borrador elaborado por Justicia). Para otro magistrado, Joaquín Navarro Estevan, la propuesta es "una barbaridad, porque va contra el fin constitucional de la pena y contra el sentido general del ordenamiento penitenciario".

María Ángeles García, presidenta de la Unión Progresista de Fiscales, opina, a nivel personal, que "el límite de toda ley, incluso ley orgánica, es la Constitución, y el artículo 25 de la misma, ubicado dentro de la sección relativa a derechos fundamentales, establece que las penas están orientadas a la reinserción y reeducación social, aunque tampoco da derecho, sin más, a reducciones drásticas y automáticas de la pena

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Sosiego para legislar

García reprocha que se haya suscitado esta iniciativa inmediatamente después de un gravísimo y condenable atentado terrorista, porque entiende que "para legislar", dice, "hay que estar sosegado". Esta opinión es compartida por el abogado y catedrático de Derecho Penal Manuel Cobo del Rosal, para quien "la vehemencia emotiva" no es buena compañera de la actividad legislativa.Cobo del Rosal, que estima absolutamente contraproducente la política de parcheo del Código Penal", sobre el tema de fondo de la iniciativa del PP, muestra su "disconformidad con todo régimen excepcional, que haga distingos entre unos y otros delitos o entre unos y otros delincuentes". "El principio constitucional de igualdad exige", según Cobo del Rosal, "que si se dan los requisitos legales para determinados beneficios penitenciarios, se apliquen a todos los reclusos".

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