El PP quiere que solo se incomunique a los detenidos por terrorismo y drogas

El Grupo Parlamentario Popular presentó ayer una propuesta para modificar la ley de Enjuiciamiento Criminal en el sentido de limitar a los presuntos terroristas o narcotraficantes la actual facultad de los jueces de instrucción para ordenar la incomunicación de cualquier detenido. Según la proposición de ley, la voluntad del legislador de 1983 que redactó el vigente artículo 527 de la ley procesal penal fue que la incomunicación se aplicase sólo a presuntos terroristas, pese a lo cual se ha aplicado a otras personas, como los implicados en el llamado caso Naseiro, que la propuesta no me...

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El Grupo Parlamentario Popular presentó ayer una propuesta para modificar la ley de Enjuiciamiento Criminal en el sentido de limitar a los presuntos terroristas o narcotraficantes la actual facultad de los jueces de instrucción para ordenar la incomunicación de cualquier detenido. Según la proposición de ley, la voluntad del legislador de 1983 que redactó el vigente artículo 527 de la ley procesal penal fue que la incomunicación se aplicase sólo a presuntos terroristas, pese a lo cual se ha aplicado a otras personas, como los implicados en el llamado caso Naseiro, que la propuesta no menciona.El grupo conservador asegura que el legislador pretendió limitar la incomunicación -prevista desde 1882 como medida para evitar que se perjudique la investigación judicial por la confabulación entre determinados detenidos- "a personas integradas o relacionadas con bandas armadas o individuos terroristas". Añade que "en la práctica, ha podido comprobarse", dice, que dicho precepto se aplica a personas que no integran tales ilícitas asociaciones, pese a ser una medida gravemente restrictiva de derechos fundamentales".

Los políticos, excluidos

En consecuencia, el PP estima aconsejable limitar la facultad de los órganos jurisdiccionales a supuestos de extrema gravedad", para lo que admite añadir los detenidos por supuesto narcotráfico a los presuntos terroristas, con exclusión en todo caso de los delincuentes económicos (los llamados delitos de cuello blanco) y desde luego los cometidos por los políticos para la financiación de los partidos. De prosperar la propuesta, tanto la incomunicación como la designación de abogado de oficio mientras dura esta situación y la prohibición de entrevistarse con su abogado sólo se aplicaría a presuntos terroristas o narcotraficantes.Por su parte, la Sala Segunda del Tribunal Supremo decidió ayer levantar la suspensión del procedimiento en el caso Naseiro, acordada el 27 de septiembre último. Se da la circunstancia de que el mismo día que el Congreso concedió el suplicatorio (veáse EL PAÍS de ayer), Sanchis declaró a la cadena SER que de lo único que se autoacusaba en relación con el caso Naseiro era de "hablar por teléfono", afirmación que contrasta con lo manifestado el 12 de mayo al juez instructor del Supremo, sobre "las dudas acerca de la autenticidad de la voz" que figuraba como suya en las diligencias instruidas por el juez Luis Manglano. En aquella declaración judicial, a preguntas de su abogado Luis Rodríguez Ramos, Sanchis insistió en sus dudas "sobre la autenticidad del contenido de las cintas escuchadas".

En cambio, a través de la SER, Sanchis admitió su participación en las conversaciones grabadas y se lamentó de que se hubieran evaluado "de la peor manera posible", por lo que "llega un momento", dijo, "en que uno piensa que lo mejor es no hablar por teléfono".

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