Suspendida la designación de 28 consejeros de Cajamadrid

La designación por el alcalde de Madrid, Juan Barranco, de 28 consejeros generales en la asamblea general de Cajamadrid fue suspendida ayer por la Sala Cuarta de lo Contencioso-administrativo de la Audiencia Territorial de Madrid, a petición de los dos concejales comunistas de este ayuntamiento. La resolución, recurrible ante el Tribunal Supremo, se fundamenta en que el alcalde de Madrid ha desconocido el derecho de la minoría y no ha respetado el pluralismo político ni la proporcionalidad.

El pasado 30 de enero, el alcalde-presidente del Ayuntamiento de Madrid designó, por decreto...

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La designación por el alcalde de Madrid, Juan Barranco, de 28 consejeros generales en la asamblea general de Cajamadrid fue suspendida ayer por la Sala Cuarta de lo Contencioso-administrativo de la Audiencia Territorial de Madrid, a petición de los dos concejales comunistas de este ayuntamiento. La resolución, recurrible ante el Tribunal Supremo, se fundamenta en que el alcalde de Madrid ha desconocido el derecho de la minoría y no ha respetado el pluralismo político ni la proporcionalidad.

El pasado 30 de enero, el alcalde-presidente del Ayuntamiento de Madrid designó, por decreto, 28 consejeros de Cajamadrid, entre los que se encuentran destacados empresarios y notables vinculados al PSOE, al que pertenece Barranco (veáse EL PAÍS del 4 de febrero último). Entre ellos figuraban Baltasar Aymerich, Paulina Beato, Julián García Valverde, Antonio López, Jesús Prieto y Leonor Pérez Pita, conocida por Cuca Solana, por su matrimonio con Luis Solana, presidente de Telefónica.

Los concejales comunistas Juan Francisco Herrera y Mario Nolla interpusieron recurso contencioso-administrativo al amparo de la ley 62/78 sobre Protección Jurisdiccional de los Derechos Fundamentales de la Persona, por considerar que el decreto del alcalde vulneraba la Constituición en sus artícuios 14 (derecho a la igualdad) y 23.2 (derecho a "acceder en condiciones de igualdad a las funciones y cargos públicos"). El ayuntamiento y el fiscal se opusieron a la utilización de la vía procesal de la ley 62/78, especialmente rápida y que prevé la posibilidad de suspensión del acto recurrido, pero la sala la estimó procedente.

Igualdad y pluralismo

Para el tribunal, lo que se ha de dilucidar es "en qué medida la designación unilateral de los consejeros generales por el alcalde presidente, sin consultar al pleno de la corporación y, lo que es más importante, sin motivar de forma explícita la presencia de todas y cada una de las tendencias existentes en la corporación, supone un desconocimiento del derecho a la igualdad en el pluralismo participativo, causa última legitimadora de la presencia de los intereses públicos en el órgano de gobierno de una institución privada, pero que ejerce una actividad en la que subyace un interés público relevante".Sobre la suspensión de la designación de los consejeros hasta que se resuelva el recurso, solicitada por los recurrentes, el ayuntamiento alegó que originaría graves perjuicios al interés general, como la paralización de los órganos rectores de las Cajas de Ahorro. La sala estima que "tal afirmación no es convincente", porque la medida afecta sólo a 28 consejeros, que "representa ", dice la resolución, "una mínima incidencia en el conjunto de los 160 miembros que componen la asamblea general".

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