El SUP recurrirá al Tribunal Constitucional contra ocho artículos de la ley de policía

El Sindicato Unificado de Policía (SUP), mayoritario en la Policía Nacional, tiene intención de recurrir ante el Tribunal Constitucional, a través del Defensor del Pueblo, ocho de los artículos, de la ley de Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado. El portavoz del sindicato, el policía zaragozano Francisco López, manifestó a Efe que el recurso se presentará a partir del día 4 de abril -fecha de entrada en vigor de la ley- y puntualizó que ya se han iniciado conversaciones con la oficina del Defensor del Pueblo para su tramitación. Además, el SUP estudia otras acciones tales como solicitar la...

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El Sindicato Unificado de Policía (SUP), mayoritario en la Policía Nacional, tiene intención de recurrir ante el Tribunal Constitucional, a través del Defensor del Pueblo, ocho de los artículos, de la ley de Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado. El portavoz del sindicato, el policía zaragozano Francisco López, manifestó a Efe que el recurso se presentará a partir del día 4 de abril -fecha de entrada en vigor de la ley- y puntualizó que ya se han iniciado conversaciones con la oficina del Defensor del Pueblo para su tramitación. Además, el SUP estudia otras acciones tales como solicitar la realización de una huelga y, en caso de que no les sea autorizada, presentar un recurso contencioso-administrativo, informa desde Zaragoza Javier Ortega.

En concreto, el SUP desea recurrir la prohibición de ejercer el derecho de huelga, establecida en el artículo (1.8 de la ley: "Los miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad no podrán ejercer en ningún caso el derecho de huelga ni acciones sustitutivas del mismo o concertadas con el fin de alterar el normal funcionamiento de los servicios"'.

Con esta disposición, el sindicato entiende que se vulnera el artículo 28.2 de la Constitución, que reconoce el derecho a la huelga de los trabajadores.

También considera inconstitucional el artículo 5.4 de la ley, que determina la obligación de los policías de "intervenir siempre, en cualquier tiempo y lugar, se hallaren o no de servicio, en defensa de la ley y de la seguridad ciudadana". Francisco López indicó que cualquier ciudadano tiene, también obligación de defender la ley, y subrayó el precepto constitucional de garantizar al trabajador el descanso necesario mediante la limitación de la jornada laboral.

Estima el SUP que la ley orgánica de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad tampoco respeta el artículo 14 de la Constitución, al diseñar lo que Francisco López define como "trato desigual" entre los integrantes de los cuerpos del Estado y las policías locales, en el ejercicio de los derechos sindicales.

"Si tenemos la misma denominación, la misma naturaleza y nos regimos por los mismos principios", afirmó Francisco López, "debemos también tener los mismos derechos sindicales".

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