La ley de Protección Civil hará obligatoria la colaboración de todos los ciudadanos

El borrador de la futura ley de Protección Civil, que aún no ha sido revisado por el Gobierno, contempla la obligación de todos los ciudadanos españoles mayores de edad de realizar los servicios que dispongan las autoridades, asi como cumplir las normas de conducta que éstas ordenen en caso de movilización. El contenido del texto fue difundido ayer por Europa Press.El artículo 29 del anteproyecto establece que todas los españoles mayores de edad estarán sujetos a la obligación de colaborar personal y materialmente con los servicios de Protección Civil en caso de movilización por las autoridade...

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El borrador de la futura ley de Protección Civil, que aún no ha sido revisado por el Gobierno, contempla la obligación de todos los ciudadanos españoles mayores de edad de realizar los servicios que dispongan las autoridades, asi como cumplir las normas de conducta que éstas ordenen en caso de movilización. El contenido del texto fue difundido ayer por Europa Press.El artículo 29 del anteproyecto establece que todas los españoles mayores de edad estarán sujetos a la obligación de colaborar personal y materialmente con los servicios de Protección Civil en caso de movilización por las autoridades competentes, a recibir instrucción y formación y a realizar las prácticas oportunas".

El personal de Protección Civil se dividirá en tres clases: personal funcionario, de reemplazo y de colaboración ciudadana. El personal de reemplazo podrá estar integrado por los objetores de conciencia al servicio militar, los que hayan sido declarados fuera de cupo para este servicio y el personal obligado a prestar servicio civil. También colaborarán las Fuerzas Armadas en caso necesario.

Por lo que respecta a instituciones, los protagonistas más directos de las actuaciones serán los ayuntamientos, ya que se les clasifica como "entidades territoriales básicas a efectos de organización, coordinación y ejecución de la protección, civil". A los ayuntamientos corresponde, por táto, la realización del inventario de riesgos potenciales, catálogo de recursos movilizables, planes de actuación y servicios básicos, entre otras atribuciones.

El borrador basa la organización de la protección civil en los principi os de "ordenación unívoca", es decir, que implica la titularidad por parte de la Administración central del Estado del ejercicio de las funciones de reglamentación y homologación, y de actuación escalonada, desde las máximas autoridades del sistema de protección a los municipios.

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