Editorial:

El secuestro de todas las semanas

EL SEMANARIO Cambio 16 ha vuelto a ser secuestrado por orden judicial como consecuencia de la querella presentada por Rodolfo Eduardo Almirón, adscrito a la seguridad personal de Manuel Fraga, contra la revista por un reportaje en torno a sus actividades como presunto colaborador de la Triple A. Por su parte, el ministro del Interior ha ordenado la retirada de la licencia de armas expedida en favor de Almirón, a la vista de las informaciones disponibles sobre su pasado (véase EL PAÍS de ayer). La empresa editora de Cambio 16 señala graves irregularidades en el procedimiento de no...

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EL SEMANARIO Cambio 16 ha vuelto a ser secuestrado por orden judicial como consecuencia de la querella presentada por Rodolfo Eduardo Almirón, adscrito a la seguridad personal de Manuel Fraga, contra la revista por un reportaje en torno a sus actividades como presunto colaborador de la Triple A. Por su parte, el ministro del Interior ha ordenado la retirada de la licencia de armas expedida en favor de Almirón, a la vista de las informaciones disponibles sobre su pasado (véase EL PAÍS de ayer). La empresa editora de Cambio 16 señala graves irregularidades en el procedimiento de notificación del secuestro del número de la revista de la pasada semana, ordenado por el mismo juzgado que ha tomado otra vez idéntica decisión, lo que ha dificultado la interposición del recurso correspondiente contra la medida. Y sobre todo este oscuro asunto planea, como principal interrogante, la vía mediante la que Almirón consiguió, con sus: antecedentes, la nacionalidad española, la licencia de armas y un puesto de confianza en el entorno del líder de la oposición.El nuevo secuestro de Cambio 16 pone de relieve el largo camino que tendrá que recorrer todavía la sociedad española para conseguir que los hábitos de convivencia ciudadana y los poderes públicos respeten los derechos y libertades fundamentales reconocidos y amparados por la Constitución. El secuestro de un publicación por motivos políticos, práctica habitual durante la última etapa del anterior régimen a partir del momento en que los mecanismos coercitivos de la ley Fraga sustituyeron a los procedimientos de la censura previa, hasta entonces vigente, es incongruente con el sistema democrático y no puede tener cabida en nuestro ordenamiento jurídico. Es obvio que la libertad de expresión tiene su límite en la protección de los restantes derechos fundamentales, tal y como el artículo 20 de la Constitución establece. En consecuencia, las personas que consideren que sus derechos han sido violados por la publicación de una información o de una opinión pueden acudir a los tribunales de justicia para exigir las reparaciones que consideren pertinentes. La Constitución y la ley garantizan la protección del derecho al honor, la intimidad y la propia imagen, y tipifican como delitos las injurias y las calumnias. La retirada de una publicación figura en la batería de las medidas que un juez puede adoptar para amparar derechos conculcados. Pero la letra de las leyes puede matar su espíritu cuando una aplicación abusiva de la norma traiciona objetivamente los principios básicos del ordenamiento jurídico. El artículo 20 de la Constitución, además de mencionar los límites existentes para la libertad de expresión, establece de forma contundente que "el ejercicio de estos derechos no puede restringirse mediante ningún tipo de censura previa". La generalización del secuestro judicial significaría una sesgada manera de prolongar, mediante esa vía, los procedimientos administrativos de la censura previa al suprimir -y no es otro el alcance de la medida cautelar- la información en litigio. El caso que ha motivado los dos secuestros merece una reflexión lateral sobre el doble rasero con que puede medirse la protección del honor de los ciudadanos de este país. Mientras un juez, aplicando con rígida literalidad los preceptos de la ley de Enjuiciamiento Criminal, puede ordenar el secuestro de un semanario -que, por lo demás, se sigue vendiendo públicamente en muchos puntos- por informar sobre el pasado de un guardaespaldas de Fraga, otros funcionarios del Estado formulan a veces acusaciones contra presos preventivos que son posteriormente absueltos por los tribunales o incluso son puestos en libertad sin proceso alguno. Pero seguramente el aspecto más importante del incidente sea el trasfondo político de un asunto que ninguna jeremiada sobre la vida privada de Almirón puede ocultar. La información de que el servicio de orden de Alianza Popular ha dado empleo a una persona acusada de haber pertenecido a la Triple A es altamente lesiva para la imagen de una derecha que pretende ser democrática y liberal-conservadora. El amparo que, de un modo u otro, se ha seguido prestando a Almirón frente a las informaciones de la Prensa -en lo profundo comprobadas y publicadas por muchos otros periódicos, al margen las expresiones más o menos duras o discutibles con las que se haya podido calificar los hechos en Cambio 16- desdice de un planteamiento ético. Fraga debe rendir cuentas ante la sociedad española y explicar las razones por las que Rodolfo Eduardo Almirón fue incorporado a su guardia personal y por las que no somete a investigación crítica los antecedentes de su inmediato colaborador. Los jueces, a su vez, deben cuidar de que la Prensa no injurie, pero mucho más de que una organización tan siniestra y criminal como la Triple A no se infiltre en forma alguna en la sociedad española.

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