La regla 26, norma polemica y vaga

El nuevo presidente del Comité Olímpico Internacional, Juan Antonio Samaranch, declaró la pasada semana, durante su visita a Los Angeles, sede de los próximos Juegos Olímpicos de verano de 1984, que era partidario de modificar la polémica y vaga regla 26 de la carta olímpica, en la que se delimitan las normas de participación. Hizo este comentario al estar en estudio, entre otras cosas, la posibilidad de que los deportistas profesionales puedan ser autorizados a participar en Los Angeles, pero no en el deporte que practican y del que se benefician económicamente.En caso de aprobarse esta modif...

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El nuevo presidente del Comité Olímpico Internacional, Juan Antonio Samaranch, declaró la pasada semana, durante su visita a Los Angeles, sede de los próximos Juegos Olímpicos de verano de 1984, que era partidario de modificar la polémica y vaga regla 26 de la carta olímpica, en la que se delimitan las normas de participación. Hizo este comentario al estar en estudio, entre otras cosas, la posibilidad de que los deportistas profesionales puedan ser autorizados a participar en Los Angeles, pero no en el deporte que practican y del que se benefician económicamente.En caso de aprobarse esta modificación poco aportaría a la solución del más grave problema que tiene el olimpismo desde hace años junto al de las injerencias políticas. El falso amateurismo, que se mantiene en la mayoría de los casos de gran nivel para sostener, a su vez, al olimpísmo (bien con «prerrogativas» oficiales, como en los países del Este, o bajo cuerda, en los del Oeste) no cambiará con ello. Pocos atletas destacan en más de una modalidad, y en caso de hacerlo no con la calidad necesaria en su «segundo» deporte como para competir al máximo nivel de especialización que requieren unos Juegos Olímpicos. Congeniar la dualidad deportista olímpico amateur con deportista participante de gran nivel es ya una utopía. Las cantidades que exige su dedicación tienen que ser suficientes para compensar las pérdidas en su trabajo y rondan o vulneran, en cualquier caso, lo permitido en la reglamentación olímpica, que tampoco «concreta» Stenmark. Por todo ello, prefiere el dinero ahora, con triunfos no olímpicos, pero más rentables. Dentro de cuatro años, en Sarajevo, podrían ser problemáticos y, desde luego, imposibles en otra modalidad.

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Puntos de la norma

La regla 26 de la carta olímpica, denominada Código de Admisión en los Juegos olímpicos, es la que delimita de forma general lo que es el amateurismo. En las sesiones de los últimos años, el COI ha tratado de ir acomodándose a los nuevos tiempos, y más concretamente ha ido delegando sus decisiones sobre el tema en los respectivos comités olímpicos o federaciones nacionales.El texto, en resumen, consta de dos apartados principales y varios complementarios que nunca acaban de dejar claro para todos los casos el calificativo.

Apartados principales

El participante, para ser admitido:1. Debe observar y respetar los estatutos y reglas del COI, así como los de su Federación Internacional.

2. No debe haber recibido remuneración financiera ni haber obtenido beneficios materiales por la práctica del deporte, salvo que esté autorizado en los textos de aplicación que completan la presente regla.

Textos complementarios

1. Un participante puede:a) Ser profesor de Educación Física en enseñanza elemental.

b) Aceptar durante sus períodos de preparación y competición una ayuda por mediación de su comité olímpico nacional o de su federación respectiva para: gastos de comida, alojamiento, transporte, menores, ropa de deporte, equipo personal, médicos, fisioterapia, entrenadores autorizados y de seguros que cubran los accidentes, las enfermedades, las invalideces o los bienes personales. También puede aceptar, en caso de necesidad, una compensación, autorizada por su comité olímpico o su federación nacional, para cubrir la falta de ingresos por su ausencia del trabajo.

c) Aceptar los premios ganados en las competiciones, de acuerdo con las reglas de las federaciones.

d) Aceptar las becas de enseñanza.

2. Un participante no debe:

a) Ser o haber sido profesional en algún deporte o haber firmado algún contrato en este sentido ,antes de la clausura oficial de los Juegos -en este punto entra la licencia B, pero también en los siguientes.

b) Haber permitido que su persona, nombre, retrato o marcas deportivas sean empleadas para fines publicitarios, salvo si su federación internacional o nacional o su comité olímpico nacional hayan firmado un contrato para equipos o para patrocinios -esto se incluyó por el esquí, tras el caso Schranz-. Todos los pagos deben ser efectuados a los organismos citados en cada caso, y nunca al atleta -aquí se vio involucrado el atleta norteamericano, ex récordman mundial de salto de altura Dwight Stones.

c) Llevar en sus ropas marcas publicitarias, a no ser la de la fábrica de los mismos.

d) Haber ejercido como entrenador profesional en algún deporte.

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