Facilidades legales para el nombramiento de fiscal jefe de la Audiencia Nacional

El reglamento orgánico del Estatuto del Ministerio Fiscal ha sido modificado por real decreto de 30 de junio pasado, publicado en el Boletín Oficial del Estado de 11 de julio, con la finalidad de facilitar el ascenso a la categoría segunda de fiscal general.Con la reforma desaparece uno de los requisitos exigidos hasta ahora para acceder a la categoría de fiscal general, a saber, estar incluido el candidato en el primer tercio del escalafón de la carrera fiscal. El artículo reformado, el 24, apartado 1, ha quedado redactado así: «El ascenso a la categoría segunda de fiscales generales s...

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El reglamento orgánico del Estatuto del Ministerio Fiscal ha sido modificado por real decreto de 30 de junio pasado, publicado en el Boletín Oficial del Estado de 11 de julio, con la finalidad de facilitar el ascenso a la categoría segunda de fiscal general.Con la reforma desaparece uno de los requisitos exigidos hasta ahora para acceder a la categoría de fiscal general, a saber, estar incluido el candidato en el primer tercio del escalafón de la carrera fiscal. El artículo reformado, el 24, apartado 1, ha quedado redactado así: «El ascenso a la categoría segunda de fiscales generales se efectuará eligiendo libremente por el Gobierno, entre los funcionarios de la categoría tercera, fiscales que lleven, al menos, diez años de ser vicios efectivos en la categoría y hayan prestado, cuando menos, veinte años de servicio en la carrera, previo informe del fiscal general del Estado, que oirá al efecto al Consejo- Fiscal».

Según fuentes próximas al ministerio fiscal, la reforma está relacionada con las dificultades encontradas por el Gobierno para cubrir la plaza de fiscal jefe de la Audiencia Nacional, cuya categoría es la de fiscal general, requisito de inclusión en el primer tercio del escalafón aumentan las posibilidades de encontrar un fiscal dispuesto a aceptar el nombramiento de fiscal jefe de la Audiencia Nacional.

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